AUDIENCIA 22 / UN NUEVO IMPUTADO DEL APARATO DE INTELIGENCIA

22-05-2020 | El noveno juicio por delitos de lesa humanidad de Mendoza reanudó su actividad con la lectura de las causas imputadas a Omar Navarro, integrante del Destacamento de Inteligencia 144 capturado meses atrás. En el marco de las medidas sanitarias vigentes, la primera audiencia se desarrolló sin público y con presencia mínima de las partes. Resta definir la próxima fecha del debate y  una modalidad que garantice su transmisión.   

Foto: gentileza Secretaría del Tribunal Oral Federal 1 (TOF1)

Un escenario de excepción

A la sala concurrieron los tres jueces del tribunal, un secretario y un representante por cada una de las partes: Dante Vega del Ministerio Público Fiscal y Leonardo Pérez Videla de la defensa oficial. Querellantes, demás integrantes de los equipos y el nuevo acusado participaron mediante videoconferencia. La presente crónica pudo elaborarse gracias a la grabación de la jornada que las querellas de los Organismos de Derechos Humanos solicitaron a tal fin.

Desde Punilla, provincia de Córdoba, Vicente Omar Navarro Moyano oyó la lectura del requerimiento de elevación a juicio donde se detallan los hechos que se le adjudican. Es uno de los detenidos que obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria debido a la emergencia sanitaria. Su caso se incorporó tardíamente porque se encontraba prófugo cuando comenzó el proceso en marzo del año pasado. Fue capturado luego de siete años de búsqueda.

Ahora deberá responder por dos grandes operativos en los que intervino la mencionada dependencia de Inteligencia del Ejército y que ya fueron abordados en la primera parte del juicio: las detenciones de integrantes del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) en mayo de 1976 y los secuestros del “Operativo Antijesuita” -cuyo vínculo era la militancia en el barrio San Martín- entre junio y septiembre de ese mismo año. Son veintinueve víctimas en total, diecisiete de ellas desparecidas. Los delitos incluyen privaciones abusivas de libertad, tormentos, robos y homicidios.

Foto: gentileza Secretaría del TOF 1

El Destacamento de Inteligencia 144 del Ejército (DI 144)

La estructura del DI 144 fue analizada en profundidad en audiencias anteriores (ver 9 y 10) cuando se leyó el pedido de juicio para otros cinco miembros. Cabe recordar que hasta 1980 tuvo su sede en la calle Emilio Civit y Martínez de Rozas de la Ciudad de Mendoza y luego de esa fecha se mudó a Leónidas Aguirre 259.

Como ya se dijo en este debate, un informe del programa Verdad y Justicia logró determinar la estructura y las funciones de esta y otras dependencias similares. El DI 144 estaba compuesto por personal mayor, oficiales, suboficiales, soldados y personal civil. Todos eran parte esencial del engranaje represivo y estaban altamente calificados -técnica y psicológicamente- en las tareas de inteligencia, que se desarrollaban en forma encubierta con el objeto de evitar ser detectadas por quienes consideraban oponentes.

El mencionado destacamento extendía su área de influencia a Mendoza, San Luis y San Juan. Para la época de los hechos que se juzgan, el DI 144 dependía orgánicamente del III Cuerpo del Ejército con sede en Córdoba; técnicamente, de la Jefatura II -Inteligencia- del Estado Mayor General del Ejército y operacionalmente del Comando de la VIII Brigada de Infantería de Montaña -ubicada en nuestra provincia-. Se dividía en distintas secciones y actuaba en apoyo al mencionado Comando. Se vinculaba, además, con el Batallón de Inteligencia 601, dependencia exclusiva de inteligencia del Ejército.

Su rol en la represión ilegal abarcó la búsqueda, recolección, análisis y tratamiento de información, además de la convergencia de ese material con los demás organismos militares y policiales y, fundamentalmente, la planificación de los operativos que implicaron detención, privación de libertad, tortura, desaparición forzada, apropiación de menores -como demostró la sustracción de Claudia Domínguez Castro por uno de sus miembros– y demás delitos. El personal del DI 144 debió conocer necesariamente los hechos, por dictar u obedecer órdenes vinculadas a la “lucha antisubversiva”. Existen, además, pruebas que confirman la intervención directa de integrantes de esa dependencia en la ejecución de algunos procedimientos y en la tortura de personas detenidas.

Para probar esta intervención, en su pedido de juicio la fiscalía analizó gran cantidad de material documental que acredita la centralidad de la tarea de inteligencia así como el rol concreto del 144 en el ámbito local: reglamentos internos del Ejército, decretos y directivas del Consejo de Defensa y de los comandos, boletines reservados -hoy desclasificados-, libros históricos de las distintas unidades y legajos personales que permitieron reconstruir la formación especializada de sus miembros y sus recorridos por otras dependencias abocadas a esta función -e incluso misiones en países vecinos-.

La próxima audiencia -sin fecha confirmada- continuará con la lectura de la imputación de Navarro Moyano.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.