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AUDIENCIA 169 / CONTRA LOS TESTIGOS

3-10-16 | En la continuidad de su alegato, el defensor oficial, Leonardo Pérez Videla, apeló a poner en duda los testimonios de las víctimas del terrorismo de Estado y pidió que se haga un análisis psicológico a quienes prestaron declaración con el fin de determinar la verosimilitud de sus dichos. El abogado del Ministerio Público, como en las anteriores audiencias, pidió la absolución de sus defendidos.

Alegato del defensor Pérez Videla

La defensa descalificadora

En primer lugar, Pérez Videla retomó la causa Luna en la que le había quedado pendiente la defensa del expolicía del D2, Julio Héctor Lapaz. Para ello hizo un extenso relato sobre las relaciones afectivas del imputado con un familiar de una de las víctimas y también volvió sobre el cargo y rol que ocupaba Lapaz.

Nada dijo el defensor sobre las acusaciones concretas y reales que pesan sobre el exintegrante del centro clandestino de detención y, en cambio, descalificó a los testigos no sólo de esta causa, sino de todas. Especuló con que un análisis psicológico, seguramente, determinará verosimilitudes e inverosimilitudes, errores, contradicciones e imprecisiones. También, aventuró que la necesidad de encontrar justicia ha llevado a los testigos, “con malicia, o no”, dijo, a crear invenciones inconscientes.

Curiosamente, la semana anterior, el mismo Pérez Videla no negó que los hechos denunciados hayan existido y los calificó de espantosos y horrorosos. Ahora, los puso en duda y aludió a algunas declaraciones que con el paso del tiempo tuvieron modificaciones y ampliaciones, algo que nunca fue puesto en cuestión en éste y otros juicios anteriores.

Finalmente, pidió para Lapaz la absolución lisa y llana, o en su defecto, la absolución por el beneficio de la duda.

La causa Galamba

Miguel Tello, Pablo Gutiérrez y Luis Rodríguez Vázquez son los imputados. Aquí también el defensor atacó los testimonios porque, para él, no todos coinciden en la descripción de los acusados, sobre todo, en cuanto a los apodos. Para Pérez Videla no están descriptos claramente los hechos ni cómo intervinieron sus defendidos. Entre esos hechos se cuentan el secuestro, tortura, asesinato y desaparición del abogado Jorge Vargas y la privación de la libertad de dos mujeres con sus hijos. Como en los anteriores casos, solicitó la absolución lisa y llana o por el principio de la duda.

Para qué se hacía inteligencia

Fiscalía

Esa es la pregunta que muchos se hicieron tras escuchar al defensor oficial alegando a favor de Paulino Furió, quien fue jefe de la división Inteligencia de la Octava Brigada de Infantería de Montaña.

El doctor Pérez Videla comenzó el abordaje de cinco causas que involucran al exmilitar, ya condenado en juicios anteriores a prisión perpetua y que, por razones de salud, goza del beneficio de la domiciliaria.
Durante un extenso como tedioso relato –el propio Pérez Videla así lo conceptuó- el abogado de la defensa sólo pudo abordar dos causas: la que tiene como víctima a Miguel Ángel Rodríguez y la causa de abril del 77, en la que hay 6 desaparecidos. Leyó un larguísimo escrito en el que se repasan hechos archiconocidos por todos. Tan prolongado fue su alegato que terminó cerca de las 15 con la sala casi vacía e incluso sin la presencia de varios de sus colegas.

Como en causas anteriores, Pérez Videla entiende que no está acreditado el aporte de su defendido, que no está claro el rol que cumplió, que hay ausencia de pruebas y, en el caso específico de Furió, que no se demostró que su tarea de inteligencia haya estado al servicio del terrorismo de Estado. “Las desapariciones las produjeron subgrupos perversos”, explicó.

Este martes Leonardo Pérez Videla seguirá con las otras tres causas que tienen como imputado a Furió.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.