20-03-2026 | A pocos días de cumplirse los cincuenta años del último golpe de Estado, en Mendoza se dio inicio a la etapa de alegatos en la Megacausa D2. El Ministerio Público Fiscal, a través de Dante Vega, realizó una reconstrucción sobre la historia de esta dependencia policial abocada a la inteligencia y la represión de la disidencia política en la provincia. Las próximas audiencias serán el 7 y el 10 de abril a las 9:00.
Con la sala llena de público y los imputados presentes, comenzaron los alegatos del décimo tercer juicio de Mendoza. Este proceso, que se enfoca exclusivamente en la intervención del Departamento de Informaciones (D2) de la Policía y sus integrantes en el plan represivo local, es el más grande de la provincia por la cantidad de víctimas y de hechos que investiga.

Dante Vega explicó que el Ministerio Público Fiscal organizó sus alegatos en dos partes. Una preliminar, de reconstrucción histórica, que incluirá también la responsabilidad penal de los imputados y su rol dentro del D2, y una segunda parte que abordará los 90 casos relativos a 334 víctimas. A lo largo de esta jornada se abocó a la historia y las funciones del organismo.
El “más feroz” centro clandestino de Cuyo
Ya en su alegato de apertura, en septiembre de 2023, la fiscalía había anticipado algunas consideraciones sobre el funcionamiento del D2. Para Vega, estas fueron corroboradas en las sucesivas audiencias testimoniales. El D2 estuvo activo desde 1963 y hasta 1998, es decir, 35 años. “Fue el Centro Clandestino de Detención y Exterminio más feroz y abyecto de todos los que funcionaron en esta provincia, en la jurisdicción de Cuyo y —hasta me animo a decir— en todo el oeste argentino”, sostuvo. Los acusados, agregó, no solo les negaron a las víctimas sus atributos de persona, sino que ellos mismos se deshumanizaron cuando cometieron todo el repertorio de crímenes del aparato delictivo estatal: secuestros, torturas, homicidios, robos, violaciones, desapariciones forzadas y apropiación de menores (aunque este último no haya sido tipificado como tal).
El D2 intervino en más de 60 homicidios, entre desapariciones y ejecuciones sumarias. Algunas víctimas fueron vistas con vida por última vez en sus celdas: José Salvador Vila Bustos, Jorge Vargas, Ricardo Sánchez Coronel, Olga Roncelli, Daniel Moyano, Rosario Aníbal Torres, Roberto Blanco, Edesio Villegas, Miguel Ángel Gil, Mario Camín y Miguel Poinsteau. También está probado que el D2 participó de los operativos de secuestro de personas vistas en otros centros clandestinos de detención (CCD) —por ejemplo, Virginia Suárez— o cuyo itinerario de cautiverio se desconoce —entre ellas, Antonio Rossi, Blanca Graciela Santamaría o Ángela Gutiérrez de Moyano—.
Historia del D2
Los orígenes del D2 se remontan a abril de 1963, cuando se creó la División de Investigaciones de la Policía de Mendoza. El decreto de creación (3548/63), firmado por el interventor Sergio Moretti, le dedicaba solo dos artículos. El N.° 39 establecía: “La División de Investigaciones de la Policía tiene por función el esclarecimiento de los hechos delictuosos con la competencia y atribuciones que determine el Código Procesal Penal, la individualización de las personas, el registro de profesiones y oficios, el registro de vagabundos y mendigos, velar por la moralidad pública, registrar y calificar a las personas dedicadas habitualmente a actividades que la policía debe reprimir”. El artículo 40 reconocía su competencia en todo el territorio provincial. Para Vega, tenía una clara función policial.

En 1970 se sancionó la Ley Orgánica de la Policía, que reorganizó su estructura y la asimiló a la burocracia militar. Se crearon entonces cinco departamentos: D1 (Personal), D2 (Informaciones policiales), D3 (Operaciones policiales), D4 (Logística), D5 (Judicial). A diferencia de los demás departamentos, la extensa norma anticipaba que las funciones y dependencias del Departamento de Informaciones serían determinadas en un reglamento específico y reservado.
La fiscalía solicitó el texto al gobierno de la provincia, pero el presidente de la Comisión de Estudios Históricos del Ministerio de Seguridad respondió que no se hallaron registros. Para la parte acusadora, la inexistencia o pérdida del reglamento es elocuente: “Darle a este departamento la mayor capacidad de acción dentro de lo posible. Está previsto en una ley pero las funciones quedan indeterminadas”, explicó el fiscal.
Vega dividió la historia del D2 en distintas etapas. Entre 1970 y 1973 funcionó en el edificio de la Unidad Regional I, frente a la Jefatura de Policía. Guillermo Martínez Agüero, una de las víctimas allí detenidas, se refirió al lugar como “el viejo D2”. En estos años, el D2 abandonó la función policial asignada por el decreto de 1963 y pasó a ocuparse de la disidencia política.
En 1973, durante la gestión de Alberto Martínez Baca, el subsecretario de gobierno Juan Carlos Cerutti encabezó un acto de quema de documentación sobre la persecución política que había realizado el D2 en los años de la “Revolución Argentina”. El fiscal exhibió el registro del evento publicado por el diario Los Andes y recordó las palabras del jefe de la Policía de Mendoza (1974-1976), Julio César Santuccione.

En su declaración ante la Cámara Federal de Apelaciones, en 1987, Santuccione se refirió al episodio de la quema de documentación: “Muchos inconvenientes tuvo la Policía de la provincia para tener un cuadro exacto del accionar subversivo si tenemos en cuenta que un subsecretario de gobierno de apellido Cerutti había mandado a quemar en el Cuerpo de Bomberos y en un acto ritual todos los antecedentes subversivos que pacientemente la policía había acumulado de antecedentes terroristas”. Para el Ministerio Público Fiscal, las palabras de Santuccione demuestran que el D2 se abocaba a la “subversión” desde antes de 1973.
El gobierno de Martínez Baca eliminó la documentación pero no disolvió el D2. Para la fiscalía, es posible que la Policía haya destruido parcialmente el material o haya conservado copias de los originales. De cualquier forma, el D2 continuó su actividad delictiva, “burlando” la democracia. De allí el tono jocoso del jefe de la Policía y la idea de “acto ritual”.
En 1974, el D2 se trasladó al corazón del mal llamado “Palacio Policial”, expresión que según Vega corresponde a Santuccione. Se ubicó en el centro del edificio y tuvo celdas propias, distintas a las celdas para delitos contravencionales. Desde ese año y hasta 1976, coexistió con dos bandas parapoliciales organizadas por Santuccione: el Comando Anticomunista Mendoza y el Comando Moralizador Pío XII. El primero se caracterizó por colocar explosivos en domicilios de intelectuales y referentes de izquierda, editoriales y talleres de teatro, mientras que el segundo tuvo entre sus blancos principales a mujeres en situación de prostitución y proxenetas. En este periodo fueron corrientes los secuestros que terminaron en ejecuciones sumarias: entre las víctimas se encuentran Amadeo Sánchez Andía, Samuel Pringles, Héctor Granizo, Néstor López Fornés, Mario Susso y Susana Bermejillo.

La coyuntura nacional también favoreció el accionar delictivo local. El fiscal recordó la sanción, en septiembre de 1974, de la Ley 20840 de Seguridad Nacional. La norma, plagada de tipos penales abiertos e inconstitucionales, se sumó a los artículos “antisubversivos” del Código Penal y permitió reprimir conductas de forma amplia. La 20840 fue una “excusa” para la persecución política y se aplicó de forma delictiva.
Otro hito fue el dictado de los “decretos de aniquilamiento” (2770/75, 2271/75 y 2772/75) que crearon el Consejo de Defensa, establecieron el control operacional del Ejército sobre las fuerzas de seguridad y penitenciarias y encomendaron a las Fuerzas Armadas el “aniquilamiento” de los “elementos subversivos”.
Estos decretos cambiaron la estructura represiva a nivel nacional. En Mendoza, el D2 quedó subordinado a la VIII Brigada de Infantería de Montaña del Ejército. En febrero de 1976, poco antes del golpe de Estado, el comandante de la VIII Brigada, Jorge Maradona, envió una orden reservada a Santuccione donde indicaba que los sumarios de prevención que hacía la Policía debían elevarse a la autoridad militar. Esta subordinación no implicó, para el fiscal, una pérdida de autonomía del D2; tampoco configuró obediencia debida. Vega recordó que este argumento fue descartado por la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal en la Causa 13 –el juicio a las juntas militares— porque una orden ilícita –como los delitos aquí investigados– nunca genera deber de obediencia.
Una vez consumado el golpe de Estado, tanto las Fuerzas Armadas como las Policías mantuvieron sus estructuras para la “lucha contra la subversión”. No cambiaron sus autoridades ni sus denominaciones. El accionar clandestino e ilegal se desarrolló por debajo de esas estructuras previas. La Policía no creó destacamentos ni unidades especiales. Una de las modificaciones más evidentes fue el abandono de la aplicación de la ley 20840: ya no era necesario iniciar causas en la Justicia Federal. La Policía tenía “carta blanca” para “patear puertas” y cometer delitos sin necesidad de darle una cobertura “legal” como había sucedido con las muertes de José Vila Bustos o Miguel Ángel Gil unos meses antes.

Lamentablemente, recordó el fiscal, se ha conservado poca documentación producida por el D2. En los años ochenta, luego del restablecimiento de la democracia, el D2 entregó parte de sus registros a la Justicia Federal. Poco después, tras la sanción de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, los archivos volvieron a la Policía y fueron eliminados, salvo algunas excepciones. En 2008, María Rosario Carrera –Mariú— aportó las fotocopias de un libro de órdenes de reunión del D2. También se preservó una fotocopia de un libro del D2 donde figuran personas desaparecidas, ejecutadas y secuestradas por esta dependencia.
Las funciones del D2
Como se dijo, la ley orgánica de la Policía no definió la función del Departamento de Informaciones. Sus integrantes tampoco han podido explicar en qué consistía ni qué uso se hacía de las fichas y los legajos que allí elaboraban. Además de la declaración de Santuccione, otras autoridades fueron citadas por la Cámara Federal de Mendoza en 1987. Pedro Dante Sánchez Camargo, jefe del D2 entre 1976 y 1978, argumentó que esta unidad solo hacía sumarios para las personas detenidas en flagrancia y su tarea era netamente policial; a partir del golpe de Estado, según Sánchez Camargo, al D2 le correspondía la “identificación, mantención y derivación de los distintos personajes que eran traídos al D2” porque en el edificio había celdas y calabozos para detenidos en general. Dijo que el D2 se encargaba de darles de comer y de asistirlos en sus necesidades diarias, “en la parte espiritual y física”, con el capellán y el médico policial.
De acuerdo a las declaraciones de los imputados, reflexionó el fiscal, el trabajo en el D2 habría consistido en ver televisión, recortar diarios, custodiar funcionarios o hacer inteligencia sobre “delitos comunes”. Muchos circunscribieron su labor a la información y no a la inteligencia. Luis Alberto Rodríguez, miembro del D2, declaró que recibía, clasificaba y archivaba información sobre “subversión”, pero sin aplicación concreta. Jacinto Olmedo, por su parte, sostuvo que toda la información era verbal y confidencial. Juan Tello aseguró que en los cursos de inteligencia no se trató el tema de la “subversión”.
Entre otras contradicciones evidentes, el fiscal llamó la atención respecto a la participación probada del D2 en el organismo de coordinación de inteligencia entre fuerzas militares y de seguridad para la “lucha contra la subversión”.
Las próximas audiencias serán el martes 7 de abril y el viernes 10 del mismo mes, a las 9:00.



