Lectura-del-requerimiento

Audiencia 5 / El “indispensable aporte” de Rico y la desaparición de Olga Roncelli en 1977

12-12-16 / Al cabo de tres audiencias, concluyó en la jornada de este lunes, la lectura por secretaría de los hechos que se le atribuyen al exsuboficial instructor del Cuerpo de Infantería de la Policía de Mendoza, Carlos Rico Teijeiro, y la imputación legal que le cabe por su participación criminal en torno a las privaciones de la libertad y tormentos de las personas detenidas en febrero y marzo de 1976, en el marco del Operativo Rabanal, entre ellas Miguel Ángel Gil, quien murió a causa de las torturas padecidas en el D2.

La segunda parte de la audiencia especial, convocada a la par de otra jornada de alegatos en el Megajuicio, estuvo referida a la desaparición forzada desde el 13 de septiembre de 1977, de la joven docente Olga Inés Roncelli de Saieg, vista por última vez en el D2, bajo apremiantes torturas, todos hechos por los cuales están imputados el exjefe del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y los condenados por otras causas, los exjefes policiales Aldo Patrocinio Bruno, Alcides París Francisca y Ricardo Benjamín Miranda, junto a quien era el máximo responsable de la inteligencia militar en la Provincia, Paulino Enrique Furió. Hay cuarto intermedio hasta el jueves 22 de diciembre por la mañana.

“División de tareas”: Rico, partícipe primario y coautor

Con una contundente contextualización acerca de “la relación inter-fuerzas” existente entre el D2 y otras dependencias satélites, en este caso la División Investigaciones y el Cuerpo de Infantería de la Policía Provincial, desde principios de 1976 -cuando se comenzó a desplegar la serie de operativos contra la joven militancia peronista y sindical que contempló una quincena de secuestros, traslados y tormentos, entre ellos los de los pequeños hijos de algunas de las víctimas perseguidas-, pudo definirse a través del requerimiento fiscal, el rol y poder de mando intermedio que, en los hechos, tuvo el por entonces Suboficial Carlos Rico. Además de innumerables pruebas y constancias de su expediente personal, fueron puntualizados testimonios de superiores suyos -como el del por entonces jefe del D2, Pedro Dante Sánchez Camargo- que así lo corroboran, y los propios descargos inconducentes del acusado.

De este modo resulta relevante analizar el despliegue represivo y el papel que tuvieron autores involucrados históricamente en los sucesos: “el Operativo Rabanal fue un procedimiento unitario, una obra mancomunada bajo control operacional del Ejército, con un plan orquestado para secuestrar a las personas, trasladarlas al D2 y a otros centros clandestinos para torturarlas y luego derivarlas a la Penitenciaría de Mendoza y a otros penales del país”. En cada una de esas etapas, fundamentalmente en los traslados de las prisioneras y prisioneros al D2 o a la sede policial donde declararon frente al juez Rolando Carrizo, o a la cárcel, siempre bajo malos tratos y verdugueos, el Cuerpo de Infantería y su destacado suboficial Rico Teijeiro, tuvieron algún grado de involucramiento y pleno conocimiento de lo que ocurría con las víctimas.

Siempre como parte de una asociación ilícita del aparato represivo estatal, las imputaciones específicas contra Rico son por coautor mediato de “las privaciones abusivas de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes en perjuicio” de Daniel Rabanal, Fernando Rule, Silvia Ontivero, Marcos Ibáñez, Rodolfo Molina, Stella Maris Ferrón, Mario Alberto Muñoz, Ivonne Larrieu, María Antonia Muñoz, Vicenta Olga Zárate y Guido Actis -sin perjuicio de su intervención material en un tramo de la privación de libertad de los tres primeros-; las privaciones abusivas de la libertad de Miguel Ángel Gil, Yanina Rosa Rossi y Alejo Hunau; como partícipe primario por los tormentos agravados de Rabanal, Ibáñez, Molina, Rule, Ontivero, Ferrón, Muñoz, Larrieu, Zárate y Actis; y por los tormentos agravados seguidos de muerte en perjuicio de Gil.

Los gritos de Olga

En la segunda parte de la audiencia, la secretaria del Tribunal leyó el requerimiento de elevación a juicio por la causa de Olga Inés Roncelli, que tenía 27 años, estaba casada con Alfredo Saieg y ejercía la docencia en la Escuela del Magisterio y en Lavalle. Era la representante del Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación (SUTE) y llevaba a cabo actividades con el cura Llorens en el Barrio San Martín. Fue secuestrada el 13 de septiembre de 1977. Había salido de dar clases e iba a buscar su Fiat 128 para dirigirse al trabajo de su marido.

A pesar de las distintas denuncias presentadas por su familia, desde ese momento está desaparecida. Alfredo declaró que dos o tres meses antes del secuestro había sido perseguida en varias oportunidades con distintos vehículos. Por la intervención de Bruno, cesó la persecución. Además, la víctima era garante del alquiler de la casa de Ricardo D’Amico, donde en 1975 las fuerzas de seguridad montaron la ratonera de la Causa Mochi. Diversos testimonios dan cuenta de que Roncelli fue llevada al D2 donde la sometieron a brutales sesiones de tortura. “Gritos de ella subieron en intensidad hasta que abruptamente se cortaron”, se asevera en una declaración del requerimiento.

Las audiencias continúan el 22 de diciembre.

El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.