Secretaria Suárez

Audiencia 6 / LA CAUSA RONCELLI: HOMICIDIO EN EL QUE CONVERGEN EJÉRCITO Y POLICÍA

22-12-16 / Se leyeron este jueves en el sexto juicio las responsabilidades penales atribuidas a los imputados, como autores mediatos de la desaparición forzada, en 1977, de Olga Inés Roncelli de Saieg, militante y docente de 27 años al momento de ser secuestrada por un grupo de tareas. Es el primer hecho de Mendoza por el cual debe responder el múltiple condenado Luciano Benjamín Menéndez, en tanto que los otros imputados -también con condenas previas- son el exjefe del GII de la VIII Brigada de Infantería de Montaña, Paulino Enrique Furió; el exjefe policial Alcides París Francisca; y Ricardo Benjamín Miranda, exjefe del D2, último sitio donde la mujer fue vista. Continúa en febrero luego de la feria judicial.

Un extracto del requerimiento leído durante la última audiencia de 2016 alcanza para comprender el rol determinante que Luciano Benjamín Menéndez -finalmente puesto a responder por primera vez en el desarrollo de un proceso oral y público en Mendoza- tuvo en la represión local, a su vez articulada con la de todo el oeste argentino bajo su imperio de la muerte: “Está claro el dominio de organización que el imputado tenía en todo su ámbito de competencia, no puede existir duda sobre su responsabilidad penal en relación a los hechos padecidos por Olga Roncelli. En el marco del rol que dentro del aparato terrorista estatal desempeñó desde su función de Comandante del III Cuerpo del Ejército, tuvo el dominio de organización sobre el accionar represivo que llevó a cabo estos delitos al formular y transmitir las órdenes genéricas, secretas y verbales, en cuyo contexto actuaron sus subalternos, miembros de las fuerzas armadas y de seguridad con asiento en Mendoza”.

Quien fuera “cúspide en la cadena de mandos de la subzona 33, Región Cuyo”, actualmente es uno de los criminales genocidas con más condenas de la historia, y se ha abstenido de declarar en estos juicios por desconocer a los jueces civiles y considerar “naturales” a sus camaradas de los tribunales militares. Sin embargo, ante la Cámara Federal de Apelaciones, Menéndez manifestó: “las tropas que vencieron a la subversión en Cuyo dependían de mi y combatieron en cumplimiento de las órdenes que como Comandante del III Cuerpo de Ejército en ese instante les impartí”.

“La perlita” de Furió

Con creciente ascenso en la jerarquía militar local desde diciembre de 1973, Paulino Enrique Furió fue designado el 30 de diciembre de 1976, “mediante un cambio de destino interno”, como jefe de la División II de Inteligencia de la Octava Brigada de Infantería de Montaña, conocida como G-2, “permaneciendo en ese cargo hasta el 14 de diciembre de 1977, oportunidad en que sería destinado como jefe del Grupo de Artillería de Defensa Aérea 141 en San Luis”.

El propio Furió ha afirmado que “en el año 1976 teníamos una fuerza de tareas en Tucumán, cada unidad mandaba un batallón a Tucumán que se rotaba cada dos meses, y luego otro batallón lo relevaba. Es decir que siempre estuvimos empeñados en un batallón de combate en Tucumán, que se denominaba ´Fuerza de Tareas en la lucha contra la Subversión´”. En un “reclamo” suyo de 1980, consignado en su legajo personal, suscribió de puño y letra: “Me tocó asumir un rol de relevancia en la gestión asumida por las Fuerzas Armadas y particularmente por el Ejército, en afrontar la misión de derrotar al enemigo apátrida que se había enquistado como un cáncer en nuestra sociedad argentina. Horas, días, semanas y meses, volqué todo mi esfuerzo personal y profesional, a coadyuvar como una pieza más del engranaje montado para infligir al enemigo una derrota sin precedentes, en lograr el éxito de la misión impuesta”.

De la Policía y del D2 

Según el requerimiento, se encuentra probado que el imputado Alcides París Francisca ocupó el cargo de jefe de la Policía de Mendoza como vicecomodoro de la Fuerza Aérea entre el 21 de diciembre de 1976 y el 20 de febrero de 1979. A su vez, Ricardo Benjamín Miranda se desempeñó como jefe del Departamento de Informaciones 2 de la Policía Provincial (D2) entre el 26 de agosto de 1977 y el 28 de diciembre de 1977, con lo cual se acreditan las responsabilidades de ambos respecto al secuestro y la desaparición forzada de Roncelli, perpetrados el 13 de septiembre de ese 1977.

Imputaciones 

París Francisca: Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes; homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas; tormentos agravados por la condición de perseguida política de la víctima; asociación ilícita en calidad de jefe u organizador de la misma.

  • Paulino Furió: Privación abusiva de la libertad agravada, homicidio doblemente agravado, tormentos agravados.
  • Luciano Menéndez: Privación abusiva de la libertad agravada, homicidio doblemente agravado, tormentos agravados.
  • Ricardo Miranda: Privación abusiva de la libertad agravada, homicidio doblemente agravado, tormentos agravados, asociación ilícita.
Sigue en febrero

También se leyeron las calificaciones legales, principalmente con ajustes relativos a los agravamientos de los cargos, al considerar a los secuestros seguidos de desaparición como homicidios -como viene estableciéndose en los juicios precedentes y con unánimes apreciaciones de la jurisprudencia internacional-, y que justamente ese delito, es decir, la desaparición forzada y la ausencia del cuerpo, verifica que uno de los propósitos dentro del plan sistemático de aniquilación era el ocultamiento de toda prueba que pudiera incriminar a agentes estatales.

Mención aparte tuvo la ausencia del debate de Roberto Juan Usinger, expolicía del D2 que está imputado entre otros hechos por la privación de la libertad y las torturas de Oscar Miguel Pérez, causa que iba a ser desarrollada hoy. Entre los abogados defensores y un par de imputados que permanecen detenidos con él, manifestaron en la sala que el acusado había decidido no ir por inconvenientes de salud y agregaron reclamos acerca del traslado hasta el tribunal. El fiscal Dante Vega pidió que se preste atención a las irregularidades.

Las audiencias se reanudan el 2 de febrero de 2017.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.