30-07-2026 | Tras el receso por la feria judicial, el Tribunal Oral Federal de Mendoza reanudó las audiencias del decimotercer juicio por delitos de lesa humanidad, que investiga los crímenes cometidos por el Departamento de Informaciones de la Policía de Mendoza (D2) durante la última dictadura cívico-militar. En esta jornada, el Ministerio Público Fiscal avanzó con la reconstrucción de ocho nuevos casos que evidencian el funcionamiento del aparato represivo durante los primeros meses de 1976.
El fiscal Dante Vega abrió la audiencia con los alegatos correspondientes a Justo Federico Sánchez González, Oscar Troadello, Jorge Reinaldo Puebla Aguilera, Ana María Espósito Morales, Hugo Alfredo Mouján, Néstor Viviano Sinturión Torres, Horacio Luis Narvarte Villanueva y María Angélica Machín Medina. Luego continuó el fiscal Daniel Rodríguez Infante con el análisis de los casos de Nerio Neirotti, José Vicente Nardi, José Osvaldo Nardi, Osvaldo Ernesto Aberastain, Susana Nardi, María Elena Castro Nardi, Sigifredo Castro y Francisco Rafael Jiménez Herrero.
Caso 29: Justo Federico Sánchez González
Justo Federico Sánchez González tenía 43 años, era jornalero, había trabajado en un frigorífico y en marzo de 1976 comenzó a trabajar en el Ministerio de Economía de la provincia de Mendoza. El 24 de marzo de 1976 fue detenido cuando se dirigía a su trabajo, en las inmediaciones de su domicilio de calle Uruguay 950 de Godoy Cruz. Según reconstruyó la fiscalía a partir de su declaración, el procedimiento fue realizado por efectivos a cara descubierta, aparentemente pertenecientes a Gendarmería.
Durante el operativo, los agentes le preguntaron por su hermano, Víctor Salvador Sánchez. Además, relató que los efectivos colocaron armas y explosivos dentro de la vivienda para justificar el procedimiento y sustrajeron distintos objetos de valor. También señaló que uno de ellos revisó un álbum familiar con fotografías de su servicio militar, lo que, para la fiscalía, evidencia que era una tarea de inteligencia.
Tras su detención fue llevado primero a la Municipalidad de Godoy Cruz, donde fue golpeado con la culata de un arma. Luego lo trasladaron a la Comisaría Séptima y, finalmente, al Departamento de Informaciones (D2), donde permaneció detenido por 28 días.
Durante su cautiverio escuchó los gritos de mujeres que estaban siendo torturadas y recordó que entre las personas detenidas había sindicalistas y trabajadores bancarios. En los interrogatorios fue sometido a picana eléctrica, quemaduras con cigarrillos y otros tormentos. En ocasiones, ingresaba un supuesto sacerdote —para la fiscalía puede haberse tratado de un integrante de la fuerza— que les recomendaba decir “la verdad en nombre de Dios».

El 21 de abril de 1976, una tía de Sánchez González presentó un habeas corpus para conocer su paradero. La respuesta oficial indicó que se encontraba detenido a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN). Para el Ministerio Público Fiscal, esa presentación fue determinante y «le salvó la vida». Al día siguiente, el 22 de abril, fue trasladado a la Penitenciaría Provincial de Mendoza, tal como consta en su legajo penitenciario.
Una vez recuperada la libertad, Sánchez González solicitó que le devolvieran los objetos que habían sido sustraídos durante el procedimiento, pero nunca obtuvo respuesta. Justo Sanchez fue privado ilegítimamente de la libertad por el D2 sin que existiera una causa o un motivo que justificara la detención.
Caso 30: Oscar Troadello
Para la fiscalía, en el caso de Oscar Troadello no existió ningún motivo que justificara su detención. No hubo una causa judicial ni una investigación en su contra. Troadello estaba afiliado al peronismo, aunque no tenía militancia activa. Estudiaba Contaduría y se encontraba a pocos días de rendir el examen final de la carrera.
El 27 de marzo de 1976 fue detenido en su domicilio. La reconstrucción de los hechos se realizó a partir del relato de su esposa, Olga Beatriz Vildoza, quien esa tarde se encontraba trabajando en el supermercado ASA. Al finalizar su jornada advirtió que Oscar no había ido a buscarla, como hacía habitualmente, y emprendió el regreso a su casa. Al llegar encontró toda la manzana cercada por camiones del Ejército Argentino y, unas cuadras antes de llegar a la vivienda, le ordenaron que se retirara del lugar.
Recién alrededor de las 18 pudo regresar. Al llegar observó que había soldados apostados sobre la medianera de la vivienda y vio a su esposo sentado solo con su ropa interior. Al ingresar al domicilio constató que los techos estaban rotos, los colchones estaban rajados, habían sustraído joyas, libros y los apuntes de la carrera de Contaduría, y toda la casa se encontraba completamente revuelta.
Oscar Troadello fue trasladado al D2, donde permaneció incomunicado de su familia hasta recuperar la libertad el 2 de abril de 1976. Tras ser liberado, le relató a su esposa que durante su cautiverio había sido sometido a distintas sesiones de tortura, entre ellas la aplicación de picana eléctrica y quemaduras con cigarrillos. La víctima no llegó a declarar en juicio.
Caso 31: Jorge Reinaldo Puebla Aguilera, Ana María Espósito Morales, Néstor Viviano Sinturión Torres, Hugo Alfredo Mouján, Horacio Luis Narvarte Villanueva y María Angélica Machín Medina
La fiscalía continuó con el análisis del caso 31, que comprende a Jorge Reinaldo Puebla Aguilera, Ana María Espósito Morales, Néstor Viviano Sinturión Torres, Hugo Alfredo Mouján, Horacio Luis Narvarte Villanueva y María Angélica Machín Medina, víctimas que pasaron por el Departamento de Informaciones (D2) en distintos momentos de 1976 y, en el caso de Narvarte y Machín, en octubre de 1977.
Jorge Reinaldo Puebla Aguilera tenía 30 años y militaba en la Juventud Peronista de Mendoza. Fue detenido el 27 de marzo de 1976 en la intersección de San Martín y Micheli, en Luján de Cuyo, cuando se encontraba junto a su novia, Liliana Beatriz Buttini. La reconstrucción de su caso se sustenta en las declaraciones que brindó ante la CONADEP en 1984, ante el Juzgado Federal en 1986, en su prontuario penitenciario y en el testimonio prestado durante este juicio.
Tras su detención fue llevado a la Seccional 11 de Luján. Allí lo alojaron en un calabozo, le vendaron los ojos y lo subieron a un jeep militar. Después de recorrer varios minutos, fue bajado del vehículo y sometido a un simulacro de fusilamiento. Luego fue trasladado al Liceo Militar General Espejo, establecimiento educativo del Ejército que también funcionó como centro clandestino de detención y donde, según explicó la fiscalía, eran alojadas personas que tenían alguna posición institucional, académica o económica.
Al día siguiente, el 28 de marzo, fue obligado a firmar un documento en el que constaba falsamente que había recuperado la libertad en perfectas condiciones. Fue nuevamente encapuchado y trasladado al D2. Allí fue golpeado y amenazado por un militar que repetía que los detenidos «les pertenecían». Luego de subir unas escaleras le quitaron la capucha y lo introdujeron en una celda.
Durante los 25 días que permaneció en el D2 fue sometido en reiteradas oportunidades a interrogatorios bajo tortura. Declaró que recibió golpes, agresiones sexuales y permaneció la mayor parte del tiempo vendado y atado. Recordó que los interrogatorios eran dirigidos por una persona con un marcado acento porteño y que quienes lo golpeaban eran los mismos que luego lo trasladaban de un lugar a otro dentro del edificio. Solo pudo ducharse en una oportunidad. Su permanencia en el D2 quedó acreditada tanto por los testimonios de quienes compartieron cautiverio con él como por documentación elaborada por la propia dependencia policial.
Posteriormente fue trasladado a la Compañía de Comunicaciones. Más tarde fue derivado a la Unidad 9 de La Plata, donde permaneció detenido hasta recuperar la libertad el 28 de agosto de 1978.

Ana María Espósito Morales tenía 28 años, estudiaba Enfermería y militaba en el Partido Comunista Revolucionario (PCR). Fue detenida el 8 de agosto de 1976 junto a Hugo Alfredo Mouján, también militante del PCR, en la vía pública de Chacras de Coria por personal vestido con uniforme del Ejército.
Al día siguiente, Adela Campos de Ponce, suegra de Ana María, presentó un habeas corpus para conocer su paradero. Como respuesta, el comandante de la VIII Brigada de Infantería, Maradona, informó que Espósito se encontraba detenida a disposición del Consejo de Guerra Especial Estable (CGEE) por averiguación de una presunta infracción a la Ley 21.264. La fiscalía explicó que la legislación establecía la detención de personas acusadas de delitos contra la seguridad nacional, el orden público o consideradas vinculadas a actividades «subversivas», e incluso contemplaba la pena de muerte.
Ana María fue trasladada vendada al Palacio Policial. En el D2 fue desnudada, torturada con picana eléctrica y agredida sexualmente en una de las salas de interrogatorio. Debido a que permanecía vendada no pudo identificar al agresor. En otra sesión de tortura fue sometida a picana eléctrica y al submarino hasta perder el conocimiento. Permanecía alojada en el sector destinado a “presos políticos” y los interrogatorios giraban en torno a nombres de personas, direcciones y su pertenencia al Partido Comunista Revolucionario.Compartió cautiverio con Rosa Gómez, Alicia Morales, María Luisa Sarmiento y Daniel Ubertone.
El 15 de septiembre de 1976 fue trasladada al Hospital Militar debido al grave deterioro de su estado de salud. Tenía el abdomen inflamado y, según reconstruyó la fiscalía, fue dejada en el hospital, donde debió ser operada. Luego fue retirada de la camilla, subida a un automóvil y trasladada nuevamente al hospital, donde fue sometida a una segunda intervención quirúrgica. Pese a haberla solicitado por escrito, nunca logró recuperar su historia clínica. Después de la segunda operación permaneció internada en terapia intensiva hasta noviembre, momento en que su madre logró encontrarla. La mujer supo que Ana María estaba internada porque así se lo informaron en el D2.
Mientras permanecía detenida, su domicilio fue allanado en su ausencia. Durante el procedimiento fueron sustraídos distintos bienes, entre ellos una mesa, un televisor y otros objetos de valor.
Desde el Hospital Militar fue trasladada a la Penitenciaría Provincial de Mendoza, donde volvió a ser torturada en la sala de tortura conocida como «la peluquería» y fue obligada a firmar un documento bajo tortura. Recuperó la libertad el 12 de agosto de 1977.
Respecto de Hugo Alfredo Mouján, la fiscalía indicó que fue detenido junto a Ana María en Chacras de Coria. Desde allí fue trasladado al D2 y posteriormente a la Unidad 9 de La Plata, donde compartió cautiverio con Jorge Reinaldo Puebla. Mouján fue convocado a declarar en este juicio, pero decidió no hacerlo para no revivir los hechos sufridos durante su detención.
El 9 de agosto Ema Peralta de Mouján interpuso un habeas corpus en favor de su hijo. La respuesta oficial indicó igualmente que permanecía detenido a disposición del Consejo de Guerra Especial Estable.
Néstor Viviano Sinturión Torres tenía 26 años, trabajaba como obrero y desarrollaba actividades como actor de teatro. Actualmente se encuentra fallecido. Fue detenido entre el 28 de marzo y el 2 de abril de 1976. Su paso en el D2 fue constatado por el testimonio de Reynaldo Puebla. Según relató Puebla, el estado físico de Sinturión era “espantoso”.
El 13 de mayo fue trasladado a la penitenciaría provincial proveniente del Liceo Militar General Espejo. El 27 de septiembre de ese año fue trasladado a la Unidad 9 de La Plata, donde permaneció hasta recuperar la libertad en agosto de 1978.
Horacio Luis Narvarte Villanueva y María Angélica Machín Medina declararon en este juicio. “Cacho” Narvarte, el 8 de febrero de 2025. María Angélica brindó testimonio en la siguiente audiencia, el 21 de ese mes.
Narvarte tenía 35 años, militaba en el Partido Comunista Revolucionario y era secretario de esa organización. Su esposa, María Angélica Machín Medina, tenía 33 años al momento de los hechos. La pareja fue detenida en su domicilio el 10 de octubre de 1977 por personas vestidas de civil y trasladada al Departamento de Informaciones. En el D2, a Narvarte le dijeron que si colaboraba y contaba todo lo que sabía no sería golpeado. Sin embargo, fue conducido a una celda, obligado a desnudarse y sometido en reiteradas oportunidades a torturas con picana eléctrica.
Mientras permanecía detenido, las fuerzas represivas allanaron su domicilio, el de su suegra y el de su cuñado. Tanto su madre como su suegra presentaron habeas corpus para conocer su paradero. La respuesta oficial sostuvo falsamente que Narvarte se encontraba en la clandestinidad, pese a que la detención había ocurrido a la vista de numerosos vecinos y vecinas.
Durante su permanencia en el D2 también fue llevado a una oficina donde le tomaron fotografías y le exhibieron un documento con las supuestas declaraciones que, según le dijeron, había realizado.
El 20 de octubre de 1977 fue trasladado a la Penitenciaría de Boulogne Sur Mer al igual que María Angélica. La mujer permaneció detenida hasta el 13 de marzo de 1978, cuando recuperó la libertad. Narvarte, en cambio, fue trasladado en un camión celular hasta el aeropuerto El Plumerillo, desde donde fue trasladado en un avión Hércules que recorrió distintas provincias —Catamarca, La Rioja, Jujuy y Corrientes— hasta llegar a la Unidad 9 de La Plata. Allí permaneció detenido hasta el 17 de junio de 1979, fecha en la que recuperó la libertad.

Caso 32: Nerio Neirotti
La víctima declaró en la década del ochenta ante CONADEP –1984– y ante el Juzgado Militar –1986–. También lo hizo en 2011 durante el segundo juicio de la provincia y en junio de 2025 brindó testimonio en el presente debate.
Al momento de los hechos Nerio tenía 24 años, estudiaba Sociología y era un militante de la Juventud Peronista muy reconocido en el ámbito universitario. Fue detenido en pleno centro de la ciudad, el 29 de marzo de 1976, por personas de civil que lo subieron a un auto y lo llevaron al parque y luego a una zona montañosa –posiblemente a Papagallos, aclaró el fiscal Daniel Rodríguez Infante–. Le ataron las manos con su propio cinturón, lo cubrieron con una campera y lo condujeron al D2 en el baúl de un vehículo. Pudo identificar el edificio porque se corrió la campera que tapaba sus ojos.
En este centro clandestino fue sometido a diversos interrogatorios bajo tortura en lo que describió como un sótano, donde lo ataron a un banco con tiras de caucho. En una ocasión gritó “señor, pérdonalos porque no saben lo que hacen”, frase que desató mayor saña de los perpetradores. Entre los interrogadores identificó distintos roles y un supuesto médico que tomaba su pulso.
El joven ocupó dos celdas y permaneció siempre atado. Además de numerosas heridas producto de la tortura, Nerio usaba lentes de contacto que logró hacer saltar debido al ardor que le causaban. Recordó a otras personas detenidas como José Vicente Nardi y su hijo, Reynaldo Puebla, Héctor Chaves, Carlos Pont, Néstor Sinturión, Alicia Peña, Gerónimo Morgante e incluso su tía, Lidia Neirotti.
El 9 de abril lo trasladaron al Liceo Militar en un vehículo celular. Tiempo después supo que no habían querido recibirlo por sus lesiones, según la explicación que le dio Pablo Antonio Tradi –subdirector de la institución– a su madre durante una entrevista. Efectivamente, en su prontuario penitenciario se encuentra un informe médico donde se detallan las marcas en el cuerpo y las infecciones en el talón, firmado por el médico Dalla Torre. Ingresó al penal junto a Gerónimo Morgante y Lidia Neirotti.
Ya en la penitenciaría, pudo ver a su familia. En septiembre de 1976 integró el contingente de presos enviados a la Unidad 9 de La Plata y en 1978 pasó a la cárcel de Resistencia. Posteriormente circuló por los penales de Rawson y Caseros.
Neirotti tuvo una causa penal en la justicia federal por infracción a la ley 20840 que comenzó en 1977, cuando ya llevaba mucho tiempo detenido. El expediente incluía el supuesto secuestro de material explosivo en un domicilio de Godoy Cruz adjudicado a una “célula extremista” integrada por Neirotti, Luis Jorge Toledo, Ciro Becerra y Vilma Rúpolo. Salvo a Toledo, también militante de la JP, Nerio no conocía el domicilio ni al resto de las personas involucradas. En el marco de esta causa le tomaron dos indagatorias, una en la cárcel de La Plata ante el juez Guzzo en 1978. Además, lo visitaron en este penal y le pidieron que hiciera –vendado– una prueba caligráfica. Como se negó, hubo forcejeos y le insistieron que escribiera su nombre completo. Solo llegó a dibujar una “N” con un estilo distinto al real, que consta en el expediente. Para la fiscalía, esta es una muestra más del desarrollo fraguado de los procesos penales contra las víctimas.
Fue absuelto en primera instancia pero el fiscal Romano apeló la decisión. Finalmente el sobreseimiento fue confirmado por la Cámara. Nerio recuperó la libertad en 1979 desde Caseros cuando le dieron la opción de salir del país con destino a Estados Unidos.
Caso 33: la persecución contra la familia Nardi
El 30 de marzo de 1976 fueron detenidas siete personas en cuatro domicilios de Guaymallén durante operativos que incluyeron a personal militar y policial. Las víctimas son José Vicente Nardi, José Osvaldo Nardi, Susana Nardi, María Elena Castro Nardi, Osvaldo Aberastain, Sigifredo Castro y Francisco Rafael Jiménez Herrero. Además de pasar por la Comisaría 25 de este departamento, cuatro de ellas terminaron detenidas en el D2 y otros CCD como el Liceo Militar y, en el caso de las mujeres, el Casino de Suboficiales del Ejército. Daniel Rodríguez Infante explicó que Armando Fernández está imputado por la totalidad de los casos debido a la intervención del D2 en la inteligencia y los operativos que concluyeron en las detenciones, mientras que el resto de los acusados responden únicamente por quienes estuvieron cautivos en las celdas del D2.
José Vicente Nardi declaró ante la CONADEP y su hijo, José Osvaldo, lo hizo en el cuarto juicio de Mendoza, cuando se investigaron los hechos del Liceo Militar. En ese mismo juicio brindó testimonio Osvaldo Aberastain. El resto de las víctimas declaró en etapa de instrucción y/o participó de reconocimientos. Los casos de Susana Nardi y María Elena Castro, secuestradas en el Casino de Suboficiales, fueron investigados durante el sexto juicio, aunque no llegaron a declarar.
José Vicente Nardi tenía 56 años, era empleado de la Municipalidad de Guaymallén y militante del Peronismo de Base y el Partido Auténtico. Su hijo, José Osvaldo Nardi tenía 18 años y también militaba en el peronismo.
Antes de los secuestros, el 29 o el mismo 30 de marzo por la mañana, el domicilio de la familia Nardi, sobre calle Allayme, había sido allanado. En esa ocasión, José Osvaldo llegaba de la escuela y vio autos de la policía y personal uniformado de esta fuerza y del Ejército. Por esta razón, la víctima lo consideró un procedimiento “legal”. En la vivienda estaban su hermana, Susana Nardi, y su novio, Osvaldo Aberastain. Luego de revisar y robar pertenencias y papeles –Susana explicó que llevaron toda su ropa– y de golpear a Susana, les pidieron disculpas y se retiraron. La familia tomó medidas de seguridad y Susana se refugió en la casa de unos amigos de apellido Civit.
José Vicente Nardi y José Osvaldo Nardi declararon que los detuvieron el 30 de marzo por la noche en esta misma vivienda. El teniente primero Navarro estuvo a cargo del procedimiento en el que intervinieron 15 o 20 efectivos del Ejército y la Policía. José Osvaldo fue encapuchado y maniatado. También preguntaron por Susana, que no estaba presente. Durante el procedimiento detuvieron a María Elena Castro Nardi –sobrina de Vicente– y Francisco Jiménez Herrero –su esposo–, que llegaban justo al domicilio. La pareja quedó de plantón durante horas.
Esa misma noche se concretaron los demás secuestros: Susana Nardi fue retirada de la casa de Jorge Civit, mientras que Osvaldo Aberastain y Sigifredo Castro, padre de María Elena, fueron detenidos en sus respectivos domicilios.
Las siete víctimas fueron trasladadas a la Comisaría 25 –Osvaldo estaba descalzo–, donde recibieron amenazas de muerte. María Elena y Susana pasaron al Casino de Suboficiales. Sigifredo recuperó la libertad desde esta seccional, mientras que los demás varones –José Vicente Nardi, José Osvaldo Nardi, Osvaldo Aberastain y Francisco Jiménez Herrero– fueron trasladados al D2.
José Vicente y su hijo ingresaron al D2 el 31 de marzo. El joven fue liberado desde el D2 tras 21 días en este CCD. José Vicente permaneció diez días luego de los cuales fue trasladado al Liceo Militar –junto a Osvaldo Aberastain y Francisco Jiménez Herrero–. Recuperó la libertad desde el predio del Ejército entre el 24 y el 26 de abril de 1976.
María Elena Castro Nardi tenía 30 años, estudiaba Psicología en la Facultad de Antropología Escolar y trabajaba en el Poder Judicial. Además, era alfabetizadora de la Dirección Nacional de Educación del Adulto (DINEA) en el barrio San Martín. Francisco Jiménez Herrero era abogado, tenía 35 años y ejercía como síndico en el Policlínico de Cuyo y dirigente empresario en el Centro de Bodegueros de Mendoza. El 30 de marzo, antes de llegar al domicilio de José Vicente, el matrimonio se topó con un retén militar. Luego de explicar a dónde se dirigían, fueron escoltados hasta la vivienda. Quedaron con custodia y de plantón durante varias horas. Jímenez recordó que estaba presente el comisario de la Seccional 25, de apellido Amaya. Al llegar a esta comisaría, María Elena quiso llamar al Poder Judicial para avisar que iba a faltar a trabajar pero se lo impidieron.
El 31 de marzo María Elena fue trasladada al Casino de Suboficiales y liberada luego de 25 días en este CCD del Ejército. Le entregaron un certificado de detención por averiguación de antecedentes. No tuvo decreto de arresto a disposición del Poder Ejecutivo. Francisco ingresó al D2 también el 31 de marzo y, diez días más tarde, pasó al Liceo Militar. Fue liberado el 20 o 21 de abril.
El fiscal aclaró que en la próxima audiencia desarrollará con detenimiento las condiciones de detención de los cuatro hombres alojados en el D2 y el resto de los casos e itinerarios de cautiverio.
La próxima audiencia será el viernes 31 de marzo a las 9:30.



