AUDIENCIA 197 / LOAS A ROMANO

04-04-17 | Ariel Civit se tomó la jornada para tratar de desvincular a su cliente de los casos de tortura que pudo percibir en el contacto con las y los detenidos, particularmente provenientes del D2, así como lo emanado de los expedientes. Con la presencia del exjuez en la sala, su defensor hizo exagerados elogios al papel que cumplió como magistrado.

A pesar de reiterar el argumento de la incompetencia de los jueces frente a las torturas de las fuerzas armadas y de seguridad, dedicó una jornada a analizar que nada hubiesen podido hacer frente a estos actos delictivos.

Por una parte, Civit sostuvo que los exjueces tenían limitaciones para indagar y promover acciones penales por la aplicación de tormentos. Agregó que, además, por las condiciones en que se practicaban las torturas, con las víctimas encapuchadas o con los ojos vendados, era imposible identificar al verdugo, requisito indispensable en el marco de las normas vigentes a la hora de los hechos. Destacó que, presentado así, era imposible determinar el autor del ilícito a lo que se sumaba el celo de Romano para no acusar sin pruebas fehacientes.

Por otro lado, señaló que ante una denuncia no había plazos a cumplir para dar curso a una compulsa que permitiera investigar los hechos.

En cambio, los jueces, resaltó el abogado, dejaron constancia de las denuncias de torturas en los expedientes. Sobre el registro escrito,volvió una y otra vez, adornado con grandes elogios. Sin embargo, obvió los numerosos casos de presos y presas que llegaron a declarar al juzgado en condiciones deplorables, con marcas visibles de apremios, ante la mirada indiferente de los funcionarios judiciales. Más aún, los y las testigos víctimas han declarado que lejos de interesarse por su integridad física, los exmagistrados trataban de soslayar las quejas. No todas las personas torturadas tuvieron ocasión de expresar lo que les había sucedido.

Finalmente, trajo a colación el anacronismo fundamentado en la doctrina causalista que imperaba antes de la reforma del código de 1985. Para los años en que se practicaron las torturas, según Civit, ante la imposibilidad de identificar a los autores, era imposible proceder.Esa era una barrera infranqueable. Después desarrolló una hipótesis estrafalaria que concluyó en que Romano hubiera corrido el riesgo de ser acusado por no haber actuado con suficiente severidad frente a los “bombazos” de organizaciones de izquierda.

Exaltación del exjuez y mentiras

Al inicio de la jornada, Ariel Civit, hizo un panegírico de Romano porque el 58% de los detenidos por la ley 20840 de “represión a la subversión” fueron beneficiados por sus fallos, según el defensor. No es posible dilucidar qué entiende por beneficios, aunque habló de sobreseimiento y prisiones preventivas. Asimismo, intentó inscribir al acusado, como un justiciero garantista que se atenía con rigurosidad al peso de las pruebas antes de resolver los casos; “lo llamo un héroe”, dijo, por haberse atrevido a impartir tales fallos cuando había sido amenazado por las patotas encargadas de la represión ilegal. No ahorró halagos para resaltar que los magistrados dejaron constancia de las torturas y lo hicieron el marco de la legalidad.

Por otro lado, exaltó el pronunciamiento de Romano en contra de la Ley de Autoamnistía dictada a favor de los militares, en septiembre de 1983, cuando ya estaban en retirada y su desprestigio era insalvable.

Al referirse a la discrecionalidad en los criterios de los jueces y el respeto a sus decisiones, el abogado de Romano aprovechó para reprochar a Tribunal haber solicitado tres veces la prisión domiciliaria sin resultados positivos a pesar de que el procesado supera los 70 años. Cabe recordar que el entonces juez hizo varias piruetas y se fugó del país para no responder a los cargos pendientes.

En los alegatos de la fecha Ariel Civit tuvo dos lamentables fallidos. Por una parte, confesó que él, al inicio de su actividad profesional, incentivaba a sus defendidos a inventar apremios que no habían existido para alivianar las declaraciones realizadas ante la policía. “No soy yo el único que se metió en el barro”, dijo, y agregó que es un recurso utilizado por otros abogados defensores. Luego, aclaró que no se refería a las declaraciones de las víctimas recibidas en esta megacausa. Sin embargo, cargó contra Florencia Santamaría quien denunció haber sido torturada en la Seccional 16 de Las Heras. El defensor se atrevió a asegurar que ella había mentido, según las afirmaciones del hermano y el testimonio de su abogado defensor Juan C. Aguinaga, ofrecido en este juicio a favor del exjuez. Incluso amagó con acusarla por falso testimonio.

Muy a pesar de los aviesos dichos de Civit, Florencia Santamaría fue torturada con saña hasta el punto que cuando fue trasladada de la sección 16° al Juzgado Federal apenas caminaba por las llagas en sus pies, tenía la cara deforme y otras lesiones que arrastró durante años. No mintió la detenida Santamaría y como prueba de ello son las fotos que le tomaron en el D2, antes de pasar a la Penitenciaría; está irreconocible. A poco andar se podrá ver hacia dónde se inclina la balanza en materia de mentiras.

En cambio, no es posible rebatir: “soy torpe por naturaleza”, dicho por Ariel Civit en esta jornada.

La próxima audiencia será el 10 de abril.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.