AUDIENCIA 3 / CAMBIOS DE CALIFICACIÓN

19-05-21 | Al comenzar la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó ajustes en la calificación legal de algunos delitos que abordará el presente debate y aportó argumentos jurídicos en ese sentido. La defensa oficial, a cargo del abogado Leonardo Pérez Videla, ofreció su visión; mientras que Ariel Civit se declaró sorprendido y pidió la suspensión de la audiencia para analizar los cambios propuestos. El juicio continúa el 2 de junio a las 9:20.

En la tercera audiencia del 11.º juicio por delitos de lesa humanidad —el cuatro que se realiza en San Rafael— el Ministerio Público Fiscal (MPF) planteó la ampliación de la acusación en dos causas: la 6876, donde se investigan los delitos cometidos por Mario Ocampo, y la 45581, donde los investigados son Norberto Mercado y Eduardo Di Filippo.

En todos los casos se pidió que las desapariciones forzadas pasaran a ser consideradas como homicidios agravados, y se deje de lado la vieja calificación de privación ilegítima de la libertad agravada. La fiscalía argumentó que solo “son modificaciones al encuadre legal”.

“No se trata de nuevos hechos sino de una nueva interpretación jurídica”, explicó el fiscal. Indicó además el MPF que “la falta de prueba material, es decir de los cuerpos de quienes fueron víctimas, no excluye una imputación de homicidio”.

La ampliación de la imputación fue para que se acuse por homicidio agravado a Mercado en los casos de Héctor Aldo Fagetti, Francisco Tripiana, Roberto Simón Osorio y Pascual Armando Sandoval; a Di Filippo, en los de de Tripiana, Osorio y Sandobal, y a Ocampo por el homicidio agravado de Félix Órdenes Velázquez.

La acusación a Mercado se completa con el señalamiento como autor mediato de la privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes por diez hechos, en perjuicio de Alfredo Porras, Nilo Torrejón, Ramón Emilio Rosales, Roberto Rosales, Orlando Flores, Jorge Valentín Berón, Luis Alberto Berón, Juan Carlos Berón, Hugo Adelmo Riera e Isidro Calívar.

Di Filippo fue acusado también por privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes por cinco hechos, en perjuicio de Alfredo Rafael Porras, Roberto Rosales, Hugo Riera, Humberto Ramón Roca, Isidro Calívar. También se lo responsabiliza de la privación abusiva de la libertad agravada por violencia y amenazas por cinco hechos, en perjuicio de Francisco Tripiana, Roberto Simón Osorio, Pascual Armando Sandobal, Josefina González y Hugo Magallanes.

Deberá responder, además, por tormentos agravados por la condición de perseguido político de las víctimas por diez hechos, en perjuicio de Roberto Rosales, Francisco Tripiana, Pascual Sandoval, Isidro Calívar, Alfredo Porras, Josefina González, Hugo Riera, Humberto Ramón Roca y Hugo Magallanes.

La defensa pidió suspender la audiencia

Ante el pedido de ampliación, los defensores Leonardo Pérez Videla —del Ministerio Público de la Defensa— y Ariel Civit —abogado particular de Ocampo y Di Filippo— argumentaron en contra y adelantaron que solicitarán la nulidad. La acusación contra Ocampo pasaría a homicidio doblemente agravado por la desaparición del soldado Félix Órdenes Velázquez.

Civit se mostró sorprendido por la ampliación de los cargos a pesar de que este procedimiento se viene repitiendo sistemáticamente en los anteriores juicios celebrados en la provincia desde 2010. Además, pidió la suspensión de la audiencia.

Por su parte, Pérez Videla indicó que el tribunal “deberá analizar si la ampliación afecta o no la garantía de defensa en un proceso legal”, y aseguró que se debe “garantizar el acceso a una acusación legítima” con parámetros de tiempo, lugar y modo definidos. En referencia a la consideración de las desapariciones forzadas como homicidios, señaló:  “(…) existe el hecho genérico en un contexto, pero no el cómo, el cuándo y el cómo de tamaña  acusación. Las construcciones delictuales deben ser separadas”.

El defensor oficial se quejó por la predominancia de “una mirada pretérita y vetusta para los derechos de las personas que defiendo. No hay un modelo de acusación claro. Necesito que sea revalidado el debido proceso. En esta mirada los que vienen ganando son los acusadores”.

Luego pidió la nulidad de la ampliación de las acusaciones y citó el caso Carrascosa, por el homicidio de María Marta García Belsunce, donde —aseguró— se le dio al acusado la posibilidad de las imputaciones alternativas de homicidio y encubrimiento. “No es lo mismo traer a una persona a un tribunal por encubrimiento que por homicidio”, cerró. Luego intervino Civit.

El debate quedó postergado hasta próxima audiencia, el 2 de junio a las 9:20.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.