AUDIENCIA 4 / LA DEFENSA BOSQUEJÓ SU ESTRATEGIA

02-06-21 | Ariel Civit planteó la inadmisibilidad de la ampliación de la acusación presentada por el fiscal Pablo Garciarena en la anterior audiencia. El defensor hizo una compleja argumentación que por tramos resultó difícil de decodificar. Por su parte, el tribunal tomó el pedido de las defensas y ofreció la palabra a los imputados, pero ninguno aceptó; luego declaró abierto el debate. La próxima audiencia será el 16 de junio a las 9:30.

En la cuarta audiencia del 11.º juicio por delitos de lesa humanidad, el abogado de Norberto Mercado, Ariel Civit, pidió la inadmisibilidad de la ampliación de la imputación que solicitó el Ministerio Público para que se acusara al excomisario por homicidio agravado en cuatro casos cuyas víctimas fueron Héctor Aldo Fagetti, Francisco Tripiana, Roberto Simón Osorio y Pascual Armando Sandoval.

El debate había sido suspendido la audiencia anterior luego de que el Ministerio Público planteara la ampliación de la acusación en dos causas: la 6876, donde se investigan los delitos cometidos por Mario Ocampo, y la 45581, donde los investigados son Norberto Mercado y Eduardo Di Filippo. El defensor oficial, Leonardo Pérez Videla, sostuvo la nulidad del planteo, mientras que Civit pidió tiempo para preparar una nueva exposición que se realizó este miércoles.

“Corresponde la inadmisibilidad por el artículo 481 del Código Procesal Penal de la Nación. Se trata de aterrizar de repente con cuatro hechos distintos, cuatro homicidios calificados ¿Pero cuáles son las pruebas por las cuales se lo acusa? Eso no ha sido expresado por el Ministerio Público. Nos encontramos con que se trata de introducir hechos distintos a los que se introdujeron en la indagatoria”, se explayó Civit, quien hablaba permanentemente con rapidez y dicción defectuosa, de modo que por momentos sus dichos resultaban ininteligibles.

Según el abogado “no son delitos continuados, acá hay concurso real. No puede escapar a cualquier persona que privación ilegítima de la libertad no es lo mismo que homicidio calificado. El Ministerio público dice que no hay sorpresas, pero es una acusación intempestiva. Es un cambio de calificación profundo. Pasar de delitos que tienen penas de ocho años a delitos que tienen prisión perpetua, hay un estado de sorpresa profundo”.

Presidente del tribunal, juez Alejandro Piña

Para Civit, el Ministerio Público Fiscal usa el artículo 481 a su antojo.  Y subrayó: “No me he enterado de que haya una reforma que permita usar el 481 a la carta”. Luego buscó fundamentar su pedido de inadmisibilidad: “No se pide de forma caprichosa. Hay que evitar que se invalide el debido proceso. No es que a Mercado le da un cachetazo un detenido. Se le atribuyen cuatro homicidios calificados. El Ministerio Público debería solicitar compulsa, presentar requerimiento al juez de instrucción y que éste decida si se encadenan los actos (…) El Código Procesal Penal no puede pasar a ser literatura de autoayuda. No es que estamos leyendo el Paturuzú”, agregó.

“Estamos hablando de hechos cometidos hace 40 años —siguió el defensor de Mercado—. Los mismos hechos son juzgados en diferentes juicios desde 2009. Este es el tercer juicio sobre los mismos hechos. Y después de 12 años se descubre que Mercado es autor de cuatro homicidios”. También prosiguió con sus cuestionamientos a la fiscalía: “Acá se invocó algunos fallos y se dijo que Mercado debe ser acusado por los homicidios de Fagetti, Tripiana, Osorio y Sandoval. Me hace acordar a las ferias del rifle donde había que dispararle al bulto y una acusación no es dispararle al bulto”.

Como prueba testimonial, Civit ofreció las declaraciones de Carlos Alberto Masini, Juan Berón e Isidro Calívar, y mencionó que el primero “es hermano de una víctima”: “Todos han señalado ya que la policía no tenía posibilidad de controlar ni resistir lo que hacían las Fuerzas Armadas”. También pidió citar a Horacio Ballesteros, Amalia de Magallanes, Alfredo Porras y Héctor Chávez, e incorporar informes policiales y directivas del Ejército. Civit cerró diciendo que, de aceptarse la ampliación de la acusación, el tribunal debía dictar el sobreseimiento de Mercado.

La resolución del tribunal

Audiencia 4

Tras un extenso cuarto intermedio, el juez Alejandro Piña anotició a las partes: “El tribunal considera que el Ministerio Público simplemente manifiesta su intención” de ampliar la acusación. Luego aseguró que el Tribunal Oral Federal 2 carecía de jurisdicción para admitir, inadmitir o rechazar el pedido de la fiscalía. Por lo tanto, resolvió tener presente la manifestación del Ministerio Público, así como aceptar la prueba de las defensas.

La próxima audiencia será el 16 de junio a las 9:30.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.