15-09-2023 | El fiscal Daniel Rodríguez Infante ocupó gran parte de la audiencia para nombrar los delitos que se le atribuyen a cada imputado y las víctimas contra las que fueron cometidos. Las querellas adhirieron al alegato de la fiscalía e hicieron algunos aportes. La próxima audiencia es el viernes 29 de septiembre a las 9:30.
La cuarta audiencia del 13.° juicio por delitos de lesa humanidad de Mendoza volvió a hacerse con gran cantidad de público presente en la sala. Entre las partes acusadoras, además de la fiscalía, estuvieron las querellas por el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, con Viviana Beigel como su representante, la Liga Argentina por los Derechos Humanos, por quien interviene la abogada Natalia Lorenzo, y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, representada por Fernando Peñaloza. Además, estuvo en la sala Agustina Rogé, de la defensa particular de Cía Villegas, y los defensores oficiales Pérez Videla y Amuchástegui.
Luego de que el tribunal informara que Quintero Bassi había sido apartado por razones de salud, el fiscal Daniel Rodríguez Infante detalló las acusaciones de 27 de los 28 imputados. Aclaró que esta es la posibilidad de que los imputados escuchen los hechos por los que tienen que responder penalmente en este juicio.
Acusaciones específicas
Carlos Faustino Álvarez está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 199 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 56 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 253 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 11 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 10 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 36 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 13 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
Rubén Oscar Blanco está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 199 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 56 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 255 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 10 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 10 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 36 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 13 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Eduardo Germán Cía está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 36 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 19 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 53 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 4 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Carlos Plácido Escobar está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 8 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 7 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 15 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 1 hecho.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Armando Osvaldo Fernández está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 145 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 150 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 198 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 62 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 8 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 24 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 8 hechos.
– Robo simple, en un hecho; robo agravado por el uso de arma de fuego, por 68 hechos.
Teodoro Alejo Galigniana está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 18 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 22 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 40 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 2 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 3 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 9 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 3 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Lucas Marcelo Garay está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 86 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 18 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 101 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 4 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 6 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 13 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Abelardo Santiago Garay está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 14 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 31 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 45 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 2 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 8 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 5 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 3 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de jefe u organizador.
Rubén Darío González está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 190 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 55 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 245 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 11 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 9 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 34 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 13 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
Pablo José Gutiérrez está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 182 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 46 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 224 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 9 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 10 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 32 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 9 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
Julio Héctor La Paz está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 133 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 36 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 169 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 8 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 8 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 29 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 11 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
Mario Alfredo Laporta está imputado como autor mediato de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 5 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 30 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 35 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Lesiones graves agravadas, por 1 hecho.
– Robo simple en 1 hecho y agravado por el uso de arma de fuego, por 9 hechos.
Celustiano Lucero está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 65 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 35 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 97 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 5 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 5 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 19 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 6 hechos.
Gerónimo Antonio Mateo está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 31 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 16 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 47 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Lesiones graves agravadas, por 1 hecho.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Oscar Alfredo Maturano está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 21 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 9 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 30 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 1 hecho.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Ricardo Benjamín Miranda está imputado como autor mediato de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 11 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 7 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 8 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 9 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 5 hechos.
Marcelo Rolando Moroy está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 170 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 49 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 266 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 11 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 9 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 28 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 7 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 1 hecho.
Antonio Marcos Ochoa está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 37 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 33 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 70 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 4 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 3 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 8 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 5 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Jacinto Salvador Olmedo está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 3 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 3 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Omar Pedro Reta está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 14 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 32 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 46 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 3 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 11 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 4 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
José Esteban Roccato está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 129 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 30 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 159 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 8 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 5 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 23 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 9 hechos.
Miguel Ángel Salinas está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 62 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 47 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 107 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 3 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 3 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 14 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 6 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
Adolfo José Siniscalchi está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 10 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 4 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 14 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
José Lellis Sosa está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 161 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 40 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 201 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 9 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 7 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 34 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 12 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de integrante.
Miguel Ángel Tello Amaya está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 132 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 38 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 170 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 9 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 8 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 31 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 12 hechos.
– Robo agravado por el uso de arma de fuego, por 2 hechos.
Juan Hipólito Tello Yáñez está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 27 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 16 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 43 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 1 hecho.
– Lesiones graves agravadas, por 1 hecho.
– Robo simple, por un hecho, y agravado por el uso de arma de fuego, por 10 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de jefe u organizador.
Omar Pedro Venturino está imputado como coautor de los siguientes delitos:
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas por 105 hechos.
– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y haber durado más de un mes, por 28 hechos.
– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 133 hechos.
– Homicidio agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 8 hechos.
– Violación perpetrada mediante el uso de la fuerza o intimidación, agravada por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 7 hechos.
– Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda, por 21 hechos.
– Lesiones graves agravadas, por 10 hechos.
– Asociación ilícita en calidad de jefe u organizador.
Las querellas
Una vez finalizado el detalle de las acusaciones de la fiscalía, tomaron la palabra las querellas. En primer lugar, la abogada Viviana Beigel –representante del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y defensora de algunas víctimas de este juicio– inició su alegato de apertura recordando la ardua labor realizada durante más de 30 años por el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos y durante más de 12 por Elba Morales, quien impulsó un importante trabajo de investigación intentando conectar los delitos ocurridos en el D2. La teoría del caso, explicó Beigel, es que el D2 debe ser analizado en forma conjunta porque los acusados cumplieron todos funciones en ese centro en el que se cometían crímenes como parte de un plan organizado a partir de la utilización del aparato estatal. Para la querella, el D2 fue el principal centro de detención y aplicación de tormentos de Mendoza, centro que contaba con una mecánica de persecución, de secuestro, de obtención de información y luego de tortura y asesinatos. Esta “mecánica del horror” consistía, por ejemplo, en detenciones que en realidad eran secuestros realizados en horas de la noche sin orden judicial y con métodos violentos o “ratoneras” en las que se quedaban en el lugar de las detenciones para luego detener a quienes iban llegando al lugar. De esta forma, el D2 fue “la puerta de entrada a las torturas, a las violaciones, a las ejecuciones extrajudiciales y a todo tipo de tratos inhumanos, crueles y degradantes”.
Beigel presentó luego algunos de los testimonios que utilizarán como prueba. En ellos, algunas víctimas describen en primera persona las torturas, amenazas, maltratos, golpizas y violaciones que tuvieron que soportar mientras detenidas en el D2. En uno de estos testimonios, una víctima confiesa que, además del hambre, el frío, la sed y la suciedad en la que vivían, tuvo que soportar la violación de “cuanto señor estaba de turno, varias veces al día”, agregando que esta práctica no la sufría solo ella, si no todas las mujeres. “Eso es el D2”, afirmó la abogada. Luego, para cerrar su intervención, pidió que no nos acostumbremos a estos horrores, a estos horribles actos de tortura, de violaciones, de dolor de las familias de personas desaparecidas por no haberlas encontrado; pidió que no nos acostumbremos porque con ello damos lugar a los discursos negacionistas y a la banalidad del mal y porque los crímenes juzgados en este juicio son los más graves de nuestro código penal. Por todo esto, las querellas de este juicio, de manera unificada, acusarán a los 27 imputados con idénticas calificaciones legales a las realizadas por la fiscalía.
Luego fue el turno de la abogada Natalia Lorenzo, representante de la Liga Argentina por los Derechos Humanos, quien citó el informe Nunca Más donde describe el D2, lugar de los hechos juzgados en este juicio. Luego planteó que la importancia del actual proceso es reconocer a las víctimas que han sufrido hechos aberrantes cometidos por quienes hoy están imputados, saber qué les pasó a estas víctimas e identificar a los responsables.
Por último, Fernando Peñaloza de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación realizó una breve intervención en la que se preguntó por la relevancia de este juicio. Así, afirmó que las condenas que se han dictado en juicios previos no solo tienen un sentido punitivo, sino poder simbólico y poder constitucional. Una sentencia de un tribunal civil de la democracia es más que relevante para poder entender qué fue lo que sucedió, argumentó. Planteó luego que el verdadero desafío le cabe al tribunal, dado que es el encargado de fijar cuáles son los hechos y qué sucedió en el D2 entre el 75 –o antes, quizás– y el 83. Para el abogado, e juicio tiene dos aportes: uno relacionado con la oposición al negacionismo y otro relacionado con la memoria, la verdad y la justicia. Para cerrar su intervención, pidió que el D2 sea declarado formalmente Centro Clandestino de Detención —a igual que el campo Las Lajas en juicios previos— por lo que significaría a nivel institucional que una sentencia judicial de un tribunal de la democracia lo reconozca como tal.
Finalizadas las intervenciones de las querellas, el tribunal anunció que la próxima audiencia será el viernes 29 de septiembre a las 9:30.