AUDIENCIA 104 / LOS MISMOS ARGUMENTOS PARA UNA NUEVA CAUSA

03-02-2023 | Comenzó el quinto año del juicio iniciado en marzo de 2019. La primera audiencia del 2023 estuvo dedicada a la defensa oficial de los imputados de la Fuerza Aérea y el Destacamento 144 por el operativo de abril de 1977 contra militantes peronistas. Los argumentos son similares a los casos anteriores. La próxima audiencia será el 10 de febrero a las 9:00.

En la primera audiencia del 2023, el defensor oficial, Leonardo Pérez Videla, alegó por la causa de abril de 1977, que investiga la desaparición y el asesinato de militantes peronistas a quienes el plan represivo no había alcanzado hasta entonces. Los imputados que representa el abogado del Ministerio Público de la Defensa son Raganato, Gaviola y Carmona, de la Fuerza Aérea; y Zalazar, Luis y Calderón, del Destacamento de Inteligencia 144 (D144). Para todos los casos encontró argumentos, similares a los desplegados con anterioridad, que los desligarían de responsabilidad penal.

Pérez Videla interpretó que, en términos generales, la fiscalía sostuvo su acusación sobre áreas operativas de la Aeronáutica y la estructura orgánica de las áreas de inteligencia. Repitió su tesis de que en las fuerzas funcionaba una estructura ilegal, paralela e inorgánica que se mezclaba con la legal e incluso utilizaba a algunos de sus miembros. Y, en relación con la IV Brigada, aseguró que es necesario profundizar la idea del “control operacional” que ejercía sobre comisarías como la 16 y la de El Algarrobal.

Entre sus argumentos de defensa, reiteró lo que considera una ausencia de elementos objetivos para probar la responsabilidad, un criterio genérico de la acusación y los análisis “parciales” de testimoniales históricas. Por ejemplo: dijo que el mismísimo teniente Maradona aseguró que la Fuerza Aérea intervenía en la lucha contrasubversiva bajo el mando de la VIII Brigada de Infantería de Montaña y que “a Fernandéz se lo ha demonizado” por las declaraciones de Sánchez Camargo sobre su función de enlace con la Comunidad Informativa. Minimizó las cuatro sentencias condenatorias en su contra.

Rechazó, una vez más, la acusación por asociación ilícita, que consideró un “paraguas” bajo el que se protegen todas las acusaciones. En pocas palabras, no encuentra que haya dolo en la actuación de los procesados. Antes de introducir el análisis de los casos en particular, volvió a exteriorizar que si la investigación se hubiera realizado con rapidez cuando empezó la instrucción de las causas, se podrían conocer más detalles de los hechos y los culpables.

Abril del 77: la defensa caso por caso

Pedro Ulderico Ponce fue secuestrado el 4 de abril del 77 en la vereda de su trabajo, la Biblioteca San Martín. En el cuarto juicio, cuando se investigó, el imputado fue Paulino Enrique Furió, pero —afirmó el abogado— había elementos que vinculaban a la Policía Federal. Esto hace pensar al defensor oficial que entre esa fuerza están los responsables de la desaparición del militante peronista, a pesar de que asegura que en la actualidad no tiene sentido investigar porque el paso del tiempo torna imposible la atribución de responsabilidades concretas.

Por los casos de Manuel Gutiérrez, María Eva Fernández y Juan Manuel Montecino, el abogado sostuvo que la prueba testimonial de las personas del vecindario no era suficiente para sostener la tesis acusatoria de la ratonera. Es decir, hay secuestros, detenciones y desapariciones pero no hay prueba de la participación de inteligencia antes, durante ni después del operativo. Minimizó algunos hechos, como la exigencia a la hija del matrimonio para que entregara las llaves de la vivienda a punta de pistola.

Leonardo Pérez Videla muestra documentación al presidente del tribunal

De la estructura oficial de inteligencia, aseguró, seguramente participaron algunos de sus integrantes pero en la estructura ilegal. El abogado afirma que la acusación actual se sostiene contra este grupo “solo porque están vivos”, pero “el verdadero dominador de los hechos” era el grupo de tareas paralelo. En este caso, manifestó, los argumentos que usó para defender a Furió aplican perfectamente. Sin embargo, a pesar de que el tribunal absolvió a los otros acusados —integrantes de la Comisaría 16— la Cámara de Casación reenvió la sentencia y terminaron condenados por asociación ilícita.

Emiliano Pérez y Jorge Albino Pérez, tío y sobrino, fueron secuestrados el 6 de abril del 77 en un operativo que se realizó en simultáneo en dos casas de la familia ubicadas en Las Heras. Esta simultaneidad, indicó Leonardo Pérez Videla, puede ser “un criterio indiciario pero no de certeza” de la comisión en el marco del plan sistemático de represión. Además, aseguró que si bien en la reconstrucción del caso se puede visualizar la participación de la Fuerza Aérea, no es posible individualizar responsables.

Todo, refirió nuevamente, se podría haber investigado antes y probablemente se tendría más información. Su teoría para este caso es que los hechos ilegales fueron cometidos primero por una fuerza ilegal y después arribaron al lugar otras fuerzas como la Aeronáutica o la Policía. Los diversos vehículos nombrados en las declaraciones colaboran con la confusión, explicó. “No hay nada concreto, nada objetivo que yo pueda trabajar, que yo pueda reconstruir”, tampoco a partir de los testimonios de conscriptos que participaron de los procedimientos. “Bajo el paraguas de la asociación ilícita no se puede ver la intervención real y concreta de cada uno”, aseguró.

Con los hechos contra Elvira Orfila Benítez y Miguel Julio Pacheco se vincula lo padecido por Nora Otín. Las testimoniales, explicó el defensor, aseguran que el paradero de Benítez era conocido y no era necesaria la participación de inteligencia para ubicarla. La posible reconstrucción evidencia para Pérez Videla la participación de otros responsables, no de Inteligencia: el D2, la Policía Federal e, incluso, la Triple A.

Respecto a los casos de Luis César López Muntaner, Ana María Moral y el matrimonio compuesto por María del Carmen Laudani y Jorge Alberto José, cuyas detenciones y/o ejecuciones ocurrieron entre el 8 y el 10 de abril, el defensor insistió en la falta de prueba de intervención de sus representados.

Muntaner salió de su domicilio el 8 de abril por la mañana y desde entonces estuvo desaparecido. Su cuerpo, según reconstruyó la fiscalía, fue “plantado” en la iglesia de Fátima, escenario donde esa misma tarde ejecutaron a Ana María Moral. Dado que hubo testigos del operativo en Godoy Cruz, las fuerzas intervinientes comenzaron una “autoinvestigación” a través del Juzgado de Instrucción Militar (JIM). Lo mismo sucedió con los asesinatos de Laudani y José en la vía pública el 12 de abril.

Tribunal y partes

Pérez Videla sostuvo que los abogados, jueces y altos mandos que participaron de esos expedientes buscaron garantizar la impunidad, de forma tal que “nunca más podamos descubrir quiénes eran los verdaderos responsables”. “Esto es una expresión clara y manifiesta de lo que podría ser el mal absoluto (…) Una estructura orgánica, funcional, creada a partir de los decretos de aniquilamiento”, agregó.

En la investigación del JIM, recordó, hay firmas o respuestas de Ramón Ángel Puebla y Maradona. Es decir, participación directa de la VIII Brigada de Infantería de Montaña del Ejército. También hay testimonios de la intervención de la Policía que estaba bajo su control. En cuanto al Destacamento 144, un informe de José Ribeiro —jefe de esta unidad— probaría la eximición de responsabilidad de toda la repartición, sostuvo.

El abogado se mostró insatisfecho con la explicación de la fiscalía acerca de las razones por las cuales los cuerpos de Muntaner, Moral, Laudani y José fueron enterrados como “NN” luego de pasar por la morgue. Según el Ministerio Público Fiscal, los anteriores hechos tuvieron un alto grado de visibilidad pública que hizo necesario revestir de legalidad a los procedimientos. Pérez Videla recurrió al argumento del “poder absoluto” de los grupos ilegales que ejecutaron la represión para contradecir esta hipótesis y mencionó el caso de Juan Manuel Montecino —cuyos restos continúan desaparecidos— que podría, por sus características similares, haber tenido el mismo desenlace. Citó a continuación un fragmento del libro Un testamento de los años 70, de Héctor Ricardo Leis, que explicaría acertadamente el estado de “terror y el horror” que construyeron “parte de las estructuras de los dos lados”, es decir, las Fuerzas Armadas y de seguridad y las organizaciones políticas.

El secuestro de Billy Lee Hunt fue el último hecho repasado por el defensor. Lee Hunt desapareció el 8 de abril luego de reunirse con Blanca Cremaschi. Su familia declaró que había sufrido persecución previa y que se entrevistaron con Alberto Raganato, tío de una de las hermanas de la víctima, para averiguar sobre su paradero: “Este es el indicio de culpabilidad en cabeza de Raganato”, reclamó el abogado, pero en el cuarto juicio parece no haber sido relevante porque no se lo imputó.

También se refirió al testimonio de Enrique Bonino, con quien vivía el joven desaparecido: Bonino sugirió que Lee Hunt podía haber sido detenido cerca del domicilio —en calle Arístides de Ciudad— mientras realizaba una pintada. De esta forma, Pérez Videla justificó la falta de necesidad de tareas de inteligencia.

Sobre Gisela Tenenbaum, desaparecida el 8 de abril, no dio mayores precisiones. Tampoco respecto a Gloria Fonseca, detenida en la terminal de Mendoza el 9 de ese mes.

La próxima audiencia será el 10 de febrero a las 9:00.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.