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AUDIENCIA 15 / SE DECLARÓ ABIERTO EL DEBATE

25-10-2019 | Se leyó la causa de elevación a juicio de Guillermo Campanille, un miembro de la Fuerza Aérea que estuvo prófugo hasta principios de este año. A continuación, se retomaron algunas causas de la Comisaría Séptima, incluido el secuestro y la desaparición de Rubén Bravo, para imputar a Ramón Dagoberto Álvarez. La próxima audiencia será el 8 de noviembre a las 9:30.

Después de catorce audiencias, iniciadas el 29 de marzo de este año, concluyó la lectura de los requerimientos de elevación a juicio. Los dos expedientes incluían imputaciones a dos hombres que no habían sido investigados anteriormente por los crímenes cometidos durante la dictadura. El primero de ellos, Guillermo Campanille, estaba prófugo y por eso no se había iniciado su elevación a juicio. El segundo, Ramón Dagoberto Álvarez, prestaba servicios en la Comisaría Séptima. Concluida esta instancia, el presidente del tribunal ‒Alberto Carelli‒ declaró abierto el debate. Para empezar, ningún imputado quiso ampliar su declaración indagatoria.

El imputado que estuvo prófugo

Guillermo Campanille fue incorporado al debate en curso con posterioridad al inicio del juicio, cuando fue detenido luego de haberse profugado. Se retiró de la Fuerza Aérea con el grado de suboficial mayor y se lo responsabiliza penalmente por las desapariciones de once personas secuestradas en el operativo de mayo de 1978 y por la segunda detención de Segundo Isau Alliendes.

Alliendes fue detenido por segunda vez el 21 de marzo de 1978 y trasladado a la IV Brigada Aérea. Allí fue brutalmente golpeado y eso le ocasionó la pérdida de audición en un oído. Unos días después fue trasladado al D2 y, el 30 de marzo, a la Penitenciaría Provincial. Recuperó la libertad el 21 de agosto de ese año. Debido a su reiterada mención, se omitió la lectura de la causa de mayo de 1978, procedimientos que se desataron previo a la Copa Mundial de Fútbol.

Campanille recibió formación especializada en tareas de inteligencia durante el año 1977. Es investigado por su participación en la Regional Oeste de Inteligencia, donde se desempeñó como auxiliar entre el 17 de febrero y el 31 de agosto de 1978. Con posterioridad a los hechos que se investigan en este juicio, el imputado prestó servicios en la División Inteligencia.

Específicamente, a Campanille se le endilga la autoría mediata de los siguientes delitos:

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas, por once hechos (operativo de mayo del 78)

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes, por el caso de Segundo Alliendes.

– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por el mismo caso.

– Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, por once hechos (operativo de mayo del 78).

– Lesiones graves, en perjuicio de Alliendes.

– Robo agravado por el uso de armas de fuego, por seis hechos.

– Autor del delito de asociación ilícita.

La Comisaría Séptima

La Seccional 7 de la Policía de Mendoza, ubicada frente a la plaza de Godoy Cruz, fue un verdadero centro clandestino de detención (CCD). Funcionó como lugar de recepción de detenidos y su rol fue central en la represión. Por esa dependencia pasaron numerosas víctimas, disponía de celdas y las personas allí secuestradas eran sometidas a interrogatorios, torturas, traslados y condiciones de detención inhumanas.

Francisco AmayaLuis Moretti y Pablo Seydell fueron secuestrados por separado la mañana del 15 de octubre de 1976. Su causa se analizó en profundidad en el cuarto juicio por delitos de lesa humanidad, ocasión en la que fueron condenados los policías José Lorenzo y Antonio Garro. En un principio, las tres víctimas fueron trasladadas al Cuerpo Motorizada de Vigilancia y luego a la Comisaría Séptima. Aunque no se conocían de antes, les imputaron el robo a la sucursal Carrodilla del Banco Mendoza. No obstante, no fue más que una excusa: Amaya fue detenido a las 9:00 de la mañana y el atraco se produjo a dos horas después; Seydell fue interceptado directamente del colectivo que lo traía de Córdoba. Precisamente, los interrogatorios que les hacían iban siempre dirigidos a su militancia, su relación con otras personas y actividades políticas.

Detención y desaparición de Rubén Bravo en la Comisaría Séptima

Juan Humberto Rubén Bravo, actor, secretario general de la Asociación de Actores y militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) fue detenido en su domicilio de Ciudad, el 21 de octubre de 1976.

En la casa vivían su madre, Eugenia Zacca, su esposa y compañera de elenco y de militancia, María Rosario –Mariú- Carrera, y su bebé de ocho meses, Nazareno. La detención se dio en el marco de una serie de secuestros a militantes del PRT-ERP, entre los que también se encontraban su cuñado, Marcelo Carrera,  y su esposa –embarazada-, Adriana Bonoldi. Rubén y el matrimonio Carrera-Bonoldi continúan desaparecidos.

En el operativo de secuestro de Bravo intervinieron conjuntamente miembros de la Policía de Mendoza y de la Federal, armados y de civil. Preguntaban por “el cordobés” y robaron gran cantidad de bienes. El propio jefe del Departamento de Informaciones 2 (D2), Pedro Dante Sánchez Camargo, confirmó que participaron agentes de esta dependencia y personal de la Comisaría Séptima, donde Rubén Bravo fue trasladado y visto por última vez.

Mariú Carrera identificó en fotografías a los agentes del D2 Eduardo Smaha -uno de los máximos responsables de inteligencia del Palacio Policial y enlace con el Comando de Operaciones Táctico- y Emilio Blanco Luna. A su vez, después del operativo concurrió a una agencia de detectives donde encontró a otro de los perpetradores: el policía federal Antonio Aquinchay. Por último, reconoció al subcomisario de la Seccional 7, Eusebio Leónidas Lima.

Por los testimonios de un vecino, Pablo Modesto Estrella, se pudo comprobar que la zona estuvo liberada para el secuestro: llamó al Comando Radioeléctrico luego de constatar la irrupción en la vivienda y le contestaron que se estaba llevando a cabo un operativo.

La presencia de Bravo en la Séptima fue confirmada por el valioso testimonio de uno de los tres detenidos de octubre en este centro clandestino. Entre el 20 y el 21 de octubre, Seydell fue retirado de su celda y llevado frente a Bravo. Se conocía de un encuentro de teatro que se había realizado en Córdoba. Según su declaración, Bravo estaba muy deteriorado, tanto que no se sostenía en pie. Moretti aseguró que en los interrogatorios de esta dependencia policial también le preguntaron por Bravo.

Cuando pudo entrevistarse con el capellán jesuita de la seccional, de apellido Latuff, Seydell refirió este encuentro para que se lo comunicara a la familia de Rubén. De esta forma, en los sucesivos habeas corpus que presentaron por la desaparición de Bravo se indicaba que estuvo detenido en dicho centro clandestino. Todos fueron rechazados con costas. Ya en la Comisaría 3, donde intentaron radicar la denuncia inmediatamente después del secuestro, habían recibido solo burlas de los oficiales.

La responsabilidad de Ramón Dagoberto Álvarez

Álvarez ingresó en la Séptima como cabo en 1974. Un año después ascendió a cabo primero, cargo que desempeñó hasta el 7 de agosto de 1976. Según su legajo, entre agosto y el 29 de octubre de ese año prestó funciones en la Comisaría 2 de capital, luego de lo cual regresó a Godoy Cruz. Sin embargo, desde el 10 de octubre figura como oficial del guardia en el libro de novedades de esta seccional. Precisamente, todos los días que duró el cautiverio de Seydell, Amaya y Moreti –del 16 al 26 de octubre de 1976, fecha de su traslado a la Penitenciaría constatado en el libro- Álvarez firmó el ingreso y egreso de la guardia. Lo mismo rige para la llegada de Bravo, el 21 de octubre.

El propio Seydell lo señaló como la persona que lo recibió en la Comisaría y declaró que estuvo presente en las sesiones de tortura, incluso sosteniéndolo en alguna de ellas. En 1986, antes del reconocimiento, Álvarez amenazó al testigo. De todas formas, como ya ha explicado la fiscalía, el solo hecho de participar del traslado de personas detenidas ilegalmente para ser interrogadas implica que los imputados deben responder por los tormentos sufridos por las víctimas.

Álvarez deberá responder como coautor de los siguientes delitos:

-Homicidio doblemente agravado por alevosía  y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, por Rubén Bravo.

-Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas, por Rubén Bravo; y doblemente agravada, por durar más de un mes, por Seydell, Moretti y Amaya.

-Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por los cuatro casos.

-Asociación ilícita en calidad de integrante.

Se abrió el debate

Concluida la etapa de lectura de los requerimientos de elevación a juicio, el presidente del tribunal declaró abierto el debate en el noveno juico, y procedió a consultar a los imputados que no quisieron brindar declaración en la indagatoria si estaba dispuestos a hacerlo en este segundo momento: Moroy, Álvarez, Roccato, Campanille, Martínez, Zalazar, Escobar, Miranda, Simone, Raganato, Gaviola y Cuadrado –los últimos tres por videoconferencia-, sostuvieron su abstención inicial.

La próxima audiencia, el 8 de noviembre a las 9:30, deberán responder los acusados restantes.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.