AUDIENCIA 9 / REGLAMENTOS INTERNOS COMO PRINCIPAL MATERIAL PROBATORIO

02-08-2019 | Después de la feria judicial, todo continuó con normalidad. Al comienzo, se mencionaron las imputaciones específicas de los procesados de la Fuerza Aérea que restaban. A continuación comenzó la lectura por la causa contra los integrantes del Destacamento de Inteligencia 144. La próxima audiencia será el viernes 16 de agosto a las 9:30.

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La jornada de hoy tuvo dos instancias. Luego de repasar las responsabilidades penales específicas de algunos miembros de la Aeronáutica, la secretaria del tribunal comenzó la lectura del requerimiento de elevación a juicio contra el Destacamento de Inteligencia 144. Se evidenció la estructura y funcionamiento de dicha dependencia, así  como también el modo de inserción de los imputados en la misma. El análisis de esta causa provoca expectativas por contener, entre otros, el llamado “Operativo Antijesuita” contra militantes que acompañaron los trabajos sociales junto al cura “Macuca” Llorens en el Barrio San Martín.

Natalia Suárez, secretaria del tribunal, y jueces Piña y Carelli

Las imputaciones adeudadas

Manuel Martínez (coautor):

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes, en perjuicio de Raúl Herrera.

– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima por la misma víctima.

– Autor del delito de asociación ilícita, en calidad de integrante.

Julio Roberto Agüero (autor mediato):

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas, en 28 casos.

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes, por cinco casos.

– Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, en 31 hechos.

– Lesiones graves agravadas, en perjuicio de Segundo Alliendes.

– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, en nueve casos.

– Robo agravado por el uso de armas de fuego, por once casos.

Autor del delito de asociación ilícita, en calidad de jefe u organizador.

José Santos Chiófalo (autor mediato):

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas, en perjuicio de Carlos Moyano, Raúl Armando Larrea y José Blas Made.

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes, por once hechos.

– Lesiones graves agravadas, en perjuicio de Segundo.

– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, en 14 hechos.

Autor del delito de asociación ilícita, en calidad de jefe u organizador.

Néstor Nivaldo Carmona (autor mediato):

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas, en 17 casos.

– Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes, en 23 casos.

– Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, por 14 hechos.

– Tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, por 32 casos.

– Robo agravado por el uso de armas de fuego, en doce hechos.

– Robo simple, en la vivienda del matrimonio de Margarita Tapia y Aldo Capurro.

– Violación agravada, en perjuicio de Vivian Gladys Acquaviva.

Autor del delito de asociación ilícita, en calidad de jefe u organizador de la misma.

Imputados y defensas

El Destacamento de Inteligencia 144

Por primera vez llega a juicio este destacamento, responsabilizado por el “Operativo Antijesuita” y cuatro operativos ya analizados en juicios anteriores: mayo del 76, contra integrantes del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT); abril del 77, contra militantes peronistas; diciembre del 77, contra integrantes del Partido Comunista Marxista Leninista (PCML); y mayo del 78, contra antiguos y antiguas militantes socialistas.

En total son 65 víctimas por las cuales hay siete hombres procesados: Anacleto Edmundo Calderón, José Antonio Escobar, Juan Carlos Luis, Hugo Luis Lahora, Hugo Luis Zalazar, Eduardo Araya (actualmente apartado) y Ernesto Guillermo Luchini. Los hechos por los que se acusa a Oscar Alfredo Simone, personal civil de inteligencia, forman parte de otra requisitoria y serán leídos más adelante.

Con acuerdo de las partes, se omitió la lectura del contexto histórico, ya referenciado con el requerimiento anterior. Así, comenzó directamente el desarrollo del funcionamiento y la estructura del Destacamento de Inteligencia 144 (DI 144) en el marco de la represión estatal y la inserción de los imputados en el plan sistemático.

El DI 144 tenía su sede en la calle Emilio Civit y Martínez de Rozas de la Ciudad de Mendoza, domicilio que ocupó hasta el 15 de noviembre de 1980, cuando se mudó a la calle Leónidas Aguirre 259. El 1 de enero de 1982, el destacamento pasó a depender del Comando del IV Cuerpo del Ejército -con asiento en Santa Rosa, La Pampa- y cambió su número por 162. Hoy se denomina Compañía de Inteligencia 8 “Teniente coronel Pedro Vargas” y su dirección es calle Lencinas 259 de la Ciudad de Mendoza.

Como se adelantó en la nota inicial de este juicio, el DI 144 estaba compuesto por personal mayor, oficiales, suboficiales, soldados y personal civil. Todos eran parte esencial del engranaje represivo y estaban altamente calificados en las tareas de inteligencia.

En la Subzona 33 -subdivisión del III Cuerpo de Ejército con sede en Córdoba-, el DI 144 operaba junto a la VIII Brigada de Infantería de Montaña. Es decir, extendía su área de influencia a Mendoza, San Luis y San Juan. Para la época de los hechos que se juzgan, el DI 144 dependía orgánicamente del III Cuerpo del Ejército; técnicamente de la Jefatura II -Inteligencia- del Estado Mayor General del Ejército y operacionalmente del Comando de la VIII Brigada de Infantería de Montaña. Se dividía en distintas secciones y actuaba en apoyo al Comando. Se vinculaba, además, con el Batallón de Inteligencia 601, dependencia exclusiva de inteligencia del Ejército.

Fiscalía

Las pruebas

En esta jornada del debate de lesa humanidad, se leyeron distintos materiales probatorios que evidencian la inteligencia desplegada por personal del DI 144, como también su participación directa en algunos hechos. En primer lugar, se mencionó el informe producido por el programa “Verdad y Justicia”, que explicita la existencia de este destacamento, como su relación con otras dependencias, sus unidades operativas, etc.

Además, una larga lista de reglamentos internos, boletines reservados, libros históricos y decretos, entre otros, no dejan lugar a dudas sobre la participación necesaria del Destacamento de Inteligencia 144 en los procedimientos ilegales desatados contra los y las militantes políticas. La planificación, forma y contenido de los operativos era responsabilidad de esta dependencia que se juzga. Los reglamentos contienen, entre otras cosas, definiciones de subversión, contrasubversión, combate, conocimiento del oponente; orientaciones y bases doctrinarias de participación de las fuerzas en la lucha contra la subversión; la tarea de planificación y apoyo a los “operativos estatales”; clasificaciones de la subversión; el rol de neutralizar o aniquilar a las organizaciones “subversivas”; la importancia de la obtención de información; los cuidados en el despliegue de los operativos; etc.

Querella

Mención especial merecen las órdenes verbales que, en los reglamentos, están definidas, amparadas, operativizadas y explicadas. Encuadran perfectamente con lo sucedido por aquellos años y es central para entender la falta de prueba escrita en algunos procedimientos.

El plan sistemático se valió de las tareas de inteligencia como eslabón fundamental de su funcionamiento. Nada fue improvisado y el Destacamento de Inteligencia 144 tuvo participación central. Sus integrantes estaban altamente capacitados para dichas tareas y el personal civil estaba preparado técnica y psicológicamente para no ser descubierto. Varios de ellos intervinieron no solo en Mendoza sino en otros lugares del país y del Cono Sur. Un ejemplo es Eduardo Araya, quien actuó como auxiliar del Estado Mayor de Bolivia en 1977 y 1978.

La próxima audiencia será el viernes 16 de agosto a las 9:30.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.