AUDIENCIA 8 / “Que rompa el pacto de silencio”

08-02-2019 | Hoy fue el turno de los alegatos de la querella. La abogada Viviana Beigel y el abogado Pablo Salinas argumentaron enfáticamente la acusación contra Héctor Carabajal, Antonia Reitano y Julio Bozzo. Estuvo presente Alan Iud, el abogado de Abuelas de Plaza de Mayo.

Se desarrolló una conmovedora audiencia. En representación de Abuelas de Plaza de Mayo, Beigel y Salinas expusieron sus alegatos y exhortaron al principal responsable, Segundo Héctor Carabajal, a que dijera qué pasó con Gladys Castro y así intentar esclarecer otros casos de apropiación de niños y niñas. “¡Que Carabajal diga la verdad!”, reclamó con voz alta una mujer desde el público, sumándose al pedido de la querella.

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La abogada Viviana Beigel alega en representación de Abuelas de Plaza de Mayo

Un plan sistemático para disciplinar a las mujeres

Viviana Beigel inició su alegato destacando el interés colectivo que representa Abuelas de Plaza de Mayo en su búsqueda para restituir a cientos de niños y niñas apropiadas durante la última dictadura militar que aún hoy desconocen su identidad.

Para la abogada querellante, la práctica de apropiación de menores se enmarcó dentro de un plan sistemático para disciplinar a las mujeres e imponer un orden social patriarcal. Como en juicios anteriores, Beigel detalló las características específicas que adoptó la represión frente a “las subversivas”: por el hecho de ser mujeres, y por apartarse de los roles tradicionales, las militantes políticas sufrieron un castigo diferenciado. En los Centros Clandestinos de Detención (CCD), los ataques sexuales, la desnudez y los partos clandestinos fueron algunas de las prácticas comunes.

Los medios de comunicación tuvieron un rol central a la hora de instalar la concepción oficial de la mujer. En una nota del diario La Nación, Massera aseguraba que el papel irrenunciable de las mujeres según la mirada dictatorial era el de madre. En su “Carta abierta a las madres argentinas”, la revista Para Ti advertía:

“¿Qué le están haciendo a nuestros hijos? […] Insistimos: las madres tienen un papel fundamental que desempeñar. En este tiempo criminal que nos toca vivir, ante esa guerra subversiva […] uno de los objetivos claves del enemigo es su hijo, la mente de su hijo. Y son ustedes, las madres, con más fuerza y efectividad que nadie, las que podrán desbaratar esa estrategia si dedican más tiempo que nunca al cuidado de sus hijos”.

La abogada citó el trabajo de Sabrina Amantze (“Subversivas”: “Malas madres” y familias “desnaturalizadas”) donde se analiza este discurso: “dado que la familia es considerada la célula básica de la nación, para garantizar el orden social, el Estado debe intervenir en las familias que se hayan desnaturalizado. La metáfora de la nación como familia se completa con la metáfora de la subversión como enfermedad”.

Reglamentos posteriores al Golpe redujeron la permanencia de menores con sus madres en las distintas cárceles del país, por ejemplo. Para los represores, las mujeres que elegían la militancia política no tenían derecho a criar a sus hijos e hijas y buscaron reorganizar los vínculos parentales mediante la apropiación de los y las menores y la entrega a sectores ideológicamente afines.

Como confirmó el Tribunal Oral Federal 7 de Capital Federal en la causa “Nicolaides” (1996), existió una estructura propia de maternidades clandestinas. Si bien en un primer momento se improvisaron maternidades en los distintos CCD, luego se montaron estructuras específicas en determinados centros clandestinos donde serían trasladadas las mujeres detenidas en otras dependencias. De esta forma, se dispuso de sus vidas y de la de sus hijos e hijas.

La sistematicidad de esta práctica de sustracción, retención y ocultamiento de menores que se ejecutó entre 1976 y 1983 quedó probada en el fallo “Franco y otros” del Tribunal Oral Federal 6, y tuvo como objetivo encontrar nuevas familias para los y las hijas de las “subversivas descarriadas”.

El caso de Gladys Castro

Gladys Castro fue detenida con seis meses de embarazo. La mantuvieron cautiva hasta el parto clandestino, del que no se tienen registros. La prueba positiva de ADN realizada por la CONADI en 2015 confirmó la existencia del delito de apropiación de su hija Claudia. Juicios anteriores de nuestra provincia habían investigado su desaparición y condenaron a algunos de sus responsables.

Las responsabilidades

El matrimonio Bozzo-Reitano construyó una historia falsa que sostuvo por treinta años. Ambas personas realizaron maniobras que permitieron garantizar el engaño. Aunque alegaron desconocer el origen de Claudia y los mecanismos propios de una adopción, para la querella existió conocimiento sobre las circunstancias del nacimiento de la niña o, al menos, dudas suficientes para realizar una denuncia: ocultaron la intervención de Carabajal y aceptaron documentación falsa. Además, la abogada se refirió al episodio de la extorsión como un momento clave para reaccionar que la pareja decidió ignorar.

Este nivel de conocimiento basta para considerar los delitos que se les adjudican como crímenes de lesa humanidad. Para fundamentarlo, Beigel señaló que existió “dolo de lesa humanidad”: las personas acusadas se negaron conscientemente a averiguar sobre el origen de la menor y sacaron provecho personal del contexto represivo -lo que el derecho penal internacional conoce como “ceguera voluntaria”-.

Por su parte, Segundo Héctor Carabajal es el principal responsable de los delitos analizados. Como personal civil y militar de inteligencia, fue parte activa dentro del plan criminal y ejecutor directo de la apropiación. Un mes antes del nacimiento de Claudia había ofrecido la bebé a su cuñada, razón por la cual se puede afirmar que conocía el paradero y la situación de Gladys Castro. Su nombramiento como padrino de bautismo de la niña entregada indica -como en otros casos de apropiación- el vínculo directo que tuvo con el procedimiento.

Remarcó Beigel: “La principal víctima de este juicio le pide al imputado que le diga la verdad. Ella necesita humanidad de parte de Carabajal, necesita que le diga la verdad. Necesita saber para tener un poco de alivio y reparación”. “Además de la condena, le vamos a pedir un acto de reparación moral, que revele los datos que tiene”. ¿Dónde y cuándo nació Claudia? ¿Dónde estuvo Gladys esos tres meses? “Se lo pedimos por María, por Angelina, por Claudia, por toda la familia Castro, por toda la familia Domínguez: que rompa el pacto de silencio”.

El plan de exterminio

Con espíritu docente, Pablo Salinas introdujo su alegato con la definición del plan sistemático de represión ilegal. “Si no se entiende esto no vamos a poder analizar y conocer lo que pasó”, remarcó. Ese plan de exterminio se caracterizó por pretender “erradicar las posibilidades de un país distinto”. Las personas militantes tenían pertenencias diversas pero un denominador común: actividad política y compromiso.

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Alegato de Pablo Salinas

En ese contexto, se produjo la apropiación de Claudia con la intención de que niños y niñas apropiadas se apartaran del ideal “subversivo” y reprodujeran valores “occidentales y cristianos”. Quienes nacían en cautiverio no debían enviarse con sus familias. Ni las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, “arrancadas a fuerza de tanques” -enfatizó Salinas- lograron darle la impunidad a este aberrante crimen.

El abogado representante de la querella nombró los casos de Mendoza de las nietas recuperadas: Miriam, apropiada por Armando Fernández, uno de los máximos responsables de Inteligencia del D2; Claudia Domínguez Castro; y Celina Rebeca Manrique Terrera. Además, recordó que falta encontrar aún a los hijos o hijas de Adriana Bonoldi, Inés Correa Llano, Olga Roncelli y Lucía Ángela Nadín. Son los encargados de los servicios de inteligencia quienes tienen información sobre estos casos y por eso Salinas también exigió a Carabajal que revelara datos al respecto.

Antecedentes de la causa y búsqueda

Las familias de Claudia siempre la buscaron. Su abuela María presentó un Habeas Corpus por su nieto o nieta 40 años atrás y declaró ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1978, en Buenos Aires. Hasta hoy participa de “las rondas de los jueves”, las clásicas marchas de Madres y Abuelas para reclamar por hijos, hijas, nietos y nietas desaparecidas. Además, el padre y la madre de Gladys iniciaron una causa en 1990 por sospechar de un matrimonio. “Esa es la familia con la que Claudia tendría que haberse criado”, reflexionó el abogado. Además, exhibió fotografías de Walter Domínguez, de Gladys Castro y de sus madres, las tenaces abuelas.

Para esclarecer el caso abunda la prueba: las declaraciones de los y la imputada, las testimoniales, la falsificación de los papeles que acreditaban la identidad de Claudia, el conocimiento sobre que Claudia llegó a la familia Reitano-Bozzo todavía con el cordón umbilical, el hecho de que Carabajal sea el padrino de Claudia. Pero lo más contundente es el resultado del análisis de ADN y su comparación con el Banco Nacional de Datos Genéticos: coincide un 99,9% con la familia Domínguez-Castro.

Pedido de penas

Por ser ejecutor del plan criminal general y de la apropiación en particular, la querella pidió para Carabajal, la pena máxima: 15 años de prisión. Se lo consideró penalmente responsable de la sustracción, retención y ocultamiento de la identidad de una menor de 10 años, como también de falsificación de documentación destinada a acreditar la identidad. Por los mismos delitos están acusados Julio Bozzo y Antonia Reitano, aunque la pena pedida para ellos fue de 6 años de prisión debido a que no tenían inserción en la estructura represiva.

Las pruebas evidencian que los perpetradores “esperaron a que naciera para matar a su madre”, afirmó Salinas. Esto significa que en los demás casos pudo haber sido igual y por eso remarcó la necesidad de que Carabajal dijera la verdad y así pudieran esclarecerse las otras apropiaciones de niños y niñas en o de Mendoza. En más de una ocasión, el abogado interpeló a Carabajal para remarcar la necesidad de que hablara y así poder tener más información sobre “los compañeros y las compañeras desaparecidas”, encontrar sus cuerpos y darle la sepultura que se merecen como seres humanos.

Por todo esto, Pablo Salinas solicitó que se extrajera compulsa contra Carabajal por el homicidio doblemente agravado de Gladys, como también para ser acusado por el delito de asociación ilícita en calidad de integrante.

La próxima audiencia será momento de escuchar los alegatos de la defensa, el jueves 21 de febrero a las 9.30.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.