Carlos Rico

Audiencia 51 / Negador serial

02-03-18 / Durante la extensa jornada de hoy –cerca de siete horas de duración- se escuchó la ampliación de la declaración indagatoria de Carlos Rico, exsubsecretario de Seguridad de la Provincia que, al momento de los hechos por los cuales se lo imputa, se desempeñaba como suboficial inspector de infantería de la policía de Mendoza. Al finalizar, respondió preguntas de la Fiscalía.

Con el apoyo de un nutrido bibliorato cuyo contenido fue repartiendo, oportunamente, al Tribunal, Rico se explayó sobre su situación procesal, refiriéndose, constantemente, a sí mismo en tercera persona y haciendo alarde de erudición con las más variadas citas, desde Zaffaroni y Verbitsky hasta Vargas Llosa y Ortega y Gasset, por citar ejemplos.

El imputado comenzó lamentando su detención y denunciando una supuesta campaña mediática desatada en su contra en 2008 tras ser designado en el Ministerio de Seguridad. Evitó la palabra “prófugo” y prefirió explicar con eufemismos que rechazó presentarse ante la justicia a lo largo de cinco meses porque no confiaba en su imparcialidad. Sin embargo, en un claro intento por congraciarse con el Tribunal, aseguró que, a diferencia de la etapa indagatoria, en este segundo momento vio “orden” y “respeto por las garantías constitucionales”.

Para explicar el contexto en el que ejerció su función recurrió a los clásicos argumentos de la lucha contra la “subversión terrorista”: dijo que fueron años de extrema violencia y justificó la represión a causa del accionar de las “bandas de delincuentes con alto grado de organización”.

Carlos Rico

Confirmó que se formó en Buenos Aires con la Policía Federal y que impartió luego esos cursos de instrucción antisubversiva entre sus subalternos mendocinos. Defendió la tarea “docente” de Infantería, que tenía a su cargo la formación de los aspirantes y mencionó que preparaba a la policía para defenderse, para responder a emboscadas y para realizar allanamientos que, hasta ese momento, no contaban con “protocolo”. Negando el contenido ilegal de las lecciones, sostuvo que fue un escueto curso de siete días.

También reconoció que desde agosto de 1976 comenzaron a preparar un grupo de comando inspirado en las fuerzas especiales alemanas que prestaría servicio para “evitar atentados terroristas” durante el mundial de 1978: el “G.E.S. ’78”.

Negador serial

A lo largo de toda su exposición quiso eximirse de responsabilidad por los hechos del “Operativo Rabanal” de febrero de 1976, aunque la participación de la Infantería y la suya en particular están probadas en algunos de sus procedimientos. Aseguró que esta fuerza no intervino en ningún operativo conjunto con el Departamento de Información (D2), ni prestó custodia en el Palacio Policial, como sostuvieron en sus declaraciones el exjefe del D2, Sánchez Camargo, y el oficial Fernández Miranda. Sin embargo, consultado más adelante por la Fiscalía, explicó que Infantería, efectivamente, hizo servicios en comisarías y viviendas debido a su formación y frente a la falta de personal de otras dependencias.

Ante las preguntas del fiscal, asumiendo el papel de un subalterno desinformado de lo que sucedía y no de un adiestrado instructor antisubversivo, negó todo: conocer la existencia de cualquier Centro Clandestino de Detención, saber qué sucedía en el D2 y por qué se recurrió a Infantería en los traslados de detenidos del operativo Rabanal, la inexistencia de órdenes judiciales en los múltiples allanamientos con detenciones realizados, entre otros hechos.

Para desligarse de la causa Rabanal manifestó que estuvo de licencia desde diciembre de 1975 hasta el 12 de febrero del año siguiente, aunque no descartó haber pasado por el cuartel durante la misma. También señaló que los últimos siete días de sus vacaciones transcurrieron en Mar del Plata pero no puede probarlo. Por otro lado, y negando la “cacería ilegal” que refiere la Fiscalía -por la cual los miembros del grupo de militantes peronistas y sindicales fueron detenidos en una serie de operativos consecutivos-, Rico sostuvo que en febrero nadie conocía a los autores de los hechos de la Comisaría 1ª y descartó la idea de “operativo”.

En el caso de la detención de Stella Maris Ferrón y José Antonio Rossi argumentó que no consta en ningún acta la presencia de su fuerza. Simplemente se la habría convocado para custodiar la vivienda, luego del allanamiento, hecho que sí figura en los libros y que era normal dentro de sus funciones específicas.

Respecto de las circunstancias del secuestro de Olga Zárate, internada en el Policlínico de Cuyo, Rico refutó que Infantería hubiera efectuado la detención. Por el contrario, explicó que el jefe del D2 ordenó que dicha fuerza custodiara a una detenida mediante “consigna”: una forma de vigilancia especial y jerárquica. También reconoció que recibieron la orden del comisario Sánchez de “aprehender a cualquier persona mayor de quince años” que se aproximara. Sin embargo, discutió la idea de “ratonera” sugerida por el Ministerio Público y, cuando el fiscal Dante Vega lo interrogó sobre la “normalidad” de dicha orden, dijo no encontrar nada extraño en el pedido.

Tampoco notó nada excepcional cuando trasladó junto con un “pelotón de combate” -seis de sus hombres- a Silvia Ontivero, Fernando Rule y Daniel Rabanal desde el D2 hasta la Unidad Regional I a prestar declaración ante el juez Carrizo, y desde allí a la penitenciaría. Según Rico, Infantería recibió la orden de un servicio de traslado cuya génesis –es decir, que provenía de Carrizo y del Jefe de la Policía- dijo desconocer. También negó saber las identidades de los detenidos a los que habría trasladado amablemente y “sin vendas” en un camión celular que el personal del D2 le entregó para la tarea.

Sobre el terrible estado en el que se encontraban las tres víctimas luego de la detención y la tortura sufridas en el Palacio Policial, Rico dio excusas inconsistentes: tenían el “aspecto común de quien pasa por un calabozo”, es decir, “despeinados y mal entrazados”. No percibió “nada especial” en la cojera de Rabanal -con el pie lastimado por la picana- ni en la dificultad para caminar de Ontivero -con las piernas laceradas-, quien necesitó ayuda para descender del camión. Dijo haberlos visto “de lejos” y, con un cinismo manifiesto, respondió al fiscal: “Si alguno de ellos hubiera gritado o hubiera manifestado que los estaban matando, tendría que haber actuado razonablemente conforme a mis principios. Ninguno dijo nada. Yo tengo muy en claro mis valores como funcionario y como cristiano”.

Ante la pregunta del fiscal Rodríguez Infante sobre la posibilidad de que la policía detuviera y allanara sin orden judicial, mediante la simple orden verbal de un jefe, Rico fue categórico: “imposible”, respondió. Sin embargo, segundos después declaró que si le hubiera tocado a él participar como custodio de un domicilio –tarea que Infantería efectivamente cumplió en el caso de Haydee Fernández y en la que Rico aseguró no intervenir- “difícilmente” hubiera verificado la existencia de una orden judicial porque no se le presentaba como “ilegal”.

Por último, Dante Vega interrogó a Rico sobre un correo electrónico secuestrado de su domicilio durante el allanamiento que se realizó cuando permanecía prófugo y que fue presentado como prueba. El imputado leyó sorprendido el texto, que parece proveer información sobre uno de los allanamientos de febrero de 1976 y que tiene por interlocutor a Adolfo Sinescalchi, pero no se dieron más precisiones sobre el contenido.

La próxima audiencia será el 8 de marzo a las 9.30 y se escuchará la ampliación de la declaración indagatoria del imputado Roberto Usinger.

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.