Sobrevivientes del Casino de Suboficiales

Audiencia 66 / La voz de las víctimas

08-06-18 / Durante toda la jornada se escucharon los alegatos y pedido de pena de los representantes del MEDH. Diego Lavado terminó su intervención por las causas correspondientes al D2. Viviana Beigel expuso sobre la causa Susana Bermejillo / Mario Susso y luego por la causa del Casino de Suboficiales del Ejército desde una perspectiva de género. Cerró Pablo Salinas, quien inició su alegato por el CCD Campo Las Lajas.

El abogado Diego Lavado retomó su alegato al iniciar la jornada. Repasó las pruebas del accionar conjunto de las distintas fuerzas armadas y de seguridad para explicar el funcionamiento del plan represivo. Esto quedó demostrado por la declaración de Sánchez Camargo en 1987.

Finalmente, y por todos los hechos narrados con anterioridad, Lavado formuló la acusación y el pedido de pena.

Alcides París Francisca fue acusado de ser autor mediato de los siguientes delitos:

  • Homicidio doblemente agravado por alevosía por el caso de Olga Inés Roncelli
  • Privación abusiva de la libertad agravada en el mismo caso
  • Privación abusiva de la libertad agravada por tres hechos
  • Tormentos agravados, por los mismos hechos

La pena solicitada por la querella para Francisca es prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

Mario Alfredo Laporta debe responder como autor mediato de los delitos de:

  • Privación abusiva de la libertad agravada por tres hechos
  • Tormentos agravados, por los mismos hechos

Lavado solicitó la pena de 20 años de prisión.

A Armando Osvaldo Fernández Miranda se lo acusó por:

  • Homicidio doblemente agravado por los casos de Susso y Bermejillo
  • Privación abusiva de la libertad agravada por 12 hechos
  • Tormentos agravados por 14 hechos
  • Lesiones graves agravadas, por los casos de Allegrini y Leda
  • Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor persona encargada de la guarda en los mismos casos y Espínola

La pena solicitada para Fernández es prisión perpetua.

Diego Fernando Morales Pastrán fue acusado por ser coautor de los siguientes delitos:

  • Homicidio doblemente agravado por alevosía y por concurso premeditado de dos o más personas, por el caso de Daniel Moyano
  • Privación abusiva de la libertad agravada, por el mismo caso
  • Lesiones graves agravadas por los casos de Allegrini y Leda
  • Privación abusiva de la libertad agravada por seis hechos

Por todo lo mencionado se solicitó que se lo condenara a prisión perpetua.

Carlos Alberto Luciani debe responder penalmente como autor mediato de:

  • Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes, por Miguel Ángel Rodríguez
  • Tormentos agravados, por el mismo caso
  • Asociación ilícita en calidad de jefe

La pena pedida por el MEDH es de 20 años de prisión.

Pablo José Gutiérrez fue acusado de los siguientes delitos en calidad de coautor:

  • Homicidio doblemente agravado por alevosía por Daniel Moyano
  • Privación abusiva de la libertad agravada por el mismo caso
  • Privación abusiva de la libertad agravada por nueve hechos
  • Tormentos agravados, por 10 hechos
  • Lesiones graves agravadas por los casos de Allegrini y Leda
  • Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda en los mismos casos

Para Gutiérrez se solicitó la pena de prisión perpetua.

Miguel Ángel Tello Amaya es acusado de:

  • Coautor de privación abusiva de la libertad agravada, por el caso de Nélida Virginia Correa
  • Y como partícipe primario de tormentos agravados por el mismo caso

Lavado pidió la pena de 16 años de prisión para Tello.

Ricardo Benjamín Miranda debe responder por ser autor mediato de:

  • Homicidio doblemente agravado por el caso de Olga Inés Roncelli
  • Privación abusiva de la libertad agravada en el mismo caso
  • Tormentos agravados, por el mismo hecho

Se solicitó para Miranda la pena de prisión perpetua.

Tanto a Miguel Ángel Salinas como a Carlos Faustino Álvarez se los acusa de ser coautores de:

  • Privación abusiva de la libertad agravada por el caso de Nélida Virginia Correa
  • Tormentos agravados por el mismo caso
  • Asociación ilícita en calidad de integrantes

Para estos dos imputados la pena pedida es de 16 años de prisión.

Por último, Roberto Usinger debe responder penalmente como coautor de:

  • Privación abusiva de la libertad agravada por Marcelo Straniero
  • Privación abusiva de la libertad agravada por 14 hechos
  • Tormentos agravados por 14 hechos
  • Abuso deshonesto agravado por la calidad de autor, persona encargada de la guarda en los casos de Valerio Castillo y Rosa Rouge
  • Asociación ilícita en calidad de integrante

Para Usinger se pide la pena de 20 años de prisión.

El abogado Diego Lavado explicó la razón para pedir, en algunos casos, penas más duras que el Ministerio Público Fiscal. Para ello recurrió a la sentencia de Ortubia-Salinas de la Cámara Federal de Casación que afirma que no se puede hacer análisis de delitos en abstracto sino que hay que valorar el contexto del aparato organizado de poder, ejecutor de delitos de lesa humanidad. Mencionó, además, la particular condición de indefensión de las víctimas.

Para finalizar, Lavado citó a Joan Manuel Serrat, con su canción “Los macarras de la moral”:

“Sin prisa pero sin pausa,
esos carcamales
organizan sus cruzadas
contra el hombre libre
más o menos responsable
de todos los males
piensan que por su cuenta
sueñan y lo dicen.

Si no fueran tan temibles
nos darían risa.
Si no fueran tan dañinos
nos darían lástima.
Porque como los fantasmas,
sin pausa y sin prisa,
no son nada si se les quita la sábana”.

La CNU, Susana Bermejillo y Mario Susso

Viviana Beigel, encargada del alegato por los asesinatos de Bermejillo y Susso, comenzó su exposición agradeciendo a los familiares por los aportes en la reconstrucción de la historia de ambos. La tónica de su intervención fue similar a la adoptada por Pablo Salinas, una puesta en palabra de las vivencias generadas por el terrorismo de estado.

Reivindicó el derecho a la verdad y la obligación de investigar lo sucedido. “Somos la voz de las víctimas”, resaltó. Antes de abordar las causas hizo una contextualización de lo que sucedía en la esfera universitaria ya que tanto Susso como Bermejillo provenían de ese ámbito.

Según Beigel, la designación de Oscar Ivanisevich en el Ministerio de Educación de la Nación marcó un hito para la avanzada de las corrientes de derecha dentro de las instituciones educativas. Esta gestión, destinada a “combatir la infiltración marxista”, sirvió de caldo de cultivo para el accionar de los grupos de la misma orientación como la Concentración Nacional Universitaria (CNU ) vinculados a la Triple A.

En la causa sobre la CNU, tratada por el Tribunal de Mar del Plata, quedó demostrado su aporte a la ofensiva represiva. Su tarea consistía en realizar inteligencia sobre los estudiantes y se valían de métodos patoteriles como las amenazas, robos, falsificaciones y otros delitos propios de los cuerpos paraestatales. Tenían conexión con las policías y demás fuerzas; varios integrantes, con posterioridad, ocuparon cargos en el Estado.

En Mendoza, en 1975, fue designado rector de la UNCuyo, Otto Heber Burgos, quien, en línea con Ivanisevich, se dispuso a combatir la política disolvente que atribuía a las corrientes estudiantiles, mayoritariamente de izquierda.

Burgos, en su embestida contra el marxismo, contó con el valioso aporte de Enrique Gómez Saá, oficial del Ejército, perteneciente al área de inteligencia, quien se desempañaba como profesor de la Universidad. El mismo coordinaba con la policía y otras fuerzas, según consta en el libro de Roberto Vélez, sobre el tema.

Ya en Dictadura, se estableció un régimen de militarización de las prácticas cotidianas, como la prohibición de expresiones políticas así como el uso de barba para los jóvenes y maquillaje en las mujeres. La “Operación Claridad”, realizó una suerte de depuración de los claustros, tras “el ideario nacional”.

La Universidad Tecnológica Nacional (UTN) contaba con fuerte presencia de integrantes de la CNU y un activo centro de estudiantes en manos de corrientes de izquierda. La provocación de los primeros era incesante, perturbaban las marchas y patoteaban, inclusive con el uso de armas. Seijo, Burlot, Lucas y otros, estaban abocados a terminar con esa “bastarda élite de mercenarios”, los marxistas, tal como lo consignan sus escritos.

El 14 de julio de 1976 se produjo el asalto a una estación de servicio protagonizada por el mencionado Pato Lucas, junto a Héctor Gómez y Talley, integrantes de la CNU. Fueron detenidos in fraganti. En sus declaraciones sostuvieron que el dinero estaba destinado a la lucha contra la subversión.

A mansalva

Existen contundentes indicios de que la CNU en articulación con el D2 de la Policía de Mendoza intervinieron en los homicidios de Susana Bermejillo y Mario Susso.

Mario Susso, estudiante de la UTN, pertenecía a la agrupación de izquierda FAUDI y era miembro del Partido Comunista Revolucionario (PCR). En diciembre de 1975 su domicilio fue allanado y estuvo detenido e interrogado en el D2. Después de un breve lapso fue liberado.

En la madrugada del 20 de marzo fue arrebatado del domicilio de sus padres por un grupo armado que lo baleó cuando intentaba evitar su secuestro. Su cuerpo, sin vida, fue encontrado horas después en la calle Pescadores.

Susana Bermejillo, estudiante de literatura y filosofía, estaba casada con Juan Carlos Carrizo, militante del Partido Comunista y estudiante de la UTN. Según Carrizo, la patota venía por él pero consiguió escapar; entonces se la llevaron a ella. El operativo estuvo a cargo de un grupo que parecía, eran de la policía (según sus familiares a uno de ellos lo llamaron “sargento”). Susana fue ultimada y abandonada en el mismo lugar que Mario Susso.

En cuanto a las pruebas, Juan Carlos Carrizo ha afirmado, reiteradamente, que fue la patota de la CNU quien ejecutó a su esposa y a Susso. Tal como fue señalado, anteriormente, esta agrupación tenía conexión con las policías locales. Prueba de ello es la indagatoria, bajo tortura, realizada a Roberto Mermolejo, en el D2, antes de las ejecuciones. Él era estudiante de la UTN y miembro de una agrupación de izquierda. Un día antes de este suceso fue torturado mientras le preguntaban por Susso y Carrizo.

Por los homicidios de Mario Susso y Susana Bermejillo está acusado Armando Osvaldo Fernández. Este policía del D2, entre otras funciones, era miembro de inteligencia y figura clave en el Comando de Operaciones Tácticas, encargado de los procedimientos.

Por ello fue imputado, en los dos casos, como autor mediato de:

  • homicidio agravado
  • privación abusiva de la libertad
  • tormentos agravados

La abogada pidió la pena de prisión perpetua.

Asimismo, solicitó compulsa para que sean investigados los miembros de la CNU señalados por Juan Carlos Carrizo.

Los impecables alegatos de Viviana Beigel fueron acompañados por una sala colmada de gente. Los familiares y pares en la militancia de Mario Susso y Susana Bermejillo, las expresas sobrevivientes del casino y sus parientes, amistades, varones y mujeres pertenecientes a los organismos de DDHH, periodistas, artistas y un nutrido grupo humano que escuchó con atención el alegato-homenaje desplegado por la abogada, con el soporte de cartas y fotografías.

Público
Por una sentencia con perspectiva de género

Al abordar la causa del Casino de Suboficiales, el Centro Clandestino de Detención que albergó detenidas en 1976, Viviana Beigel analizó la situación particular de las mujeres durante el Terrorismo de Estado. Reconoció el trabajo previo iniciado por la Fiscalía a través del alegato de Rodríguez Infante sobre este tema.

La ideología conservadora del aparato represivo en relación a la mujer bregó por la recuperación de los roles tradicionales de madre y esposa con anterioridad al Golpe. Por ejemplo, el Comando Pío XII de Santuccione persiguió y ejecutó a mujeres que ejercían la prostitución antes de abocarse a militantes de organizaciones políticas y sociales.

El disciplinamiento hacia las víctimas, que se profundizó luego del 24 de marzo del ’76, implicó un castigo diferenciado por su condición de mujeres y fue una práctica sistemática y planificada, tendiente a imponer un orden social patriarcal. Beigel citó a Rita Segato para explicar que en la estrategia de desmoralizar al enemigo, la usurpación y la destrucción del cuerpo, es algo central.

Para los represores y su moral occidental y cristiana, la familia era la célula de la Nación. Por lo tanto, el Estado debía intervenir cuando esa familia se “desnaturalizaba”. La Iglesia también jugó un importante papel disciplinador cuando sus curas visitaban las cárceles o centros clandestinos buscando el arrepentimiento y la confesión de las detenidas.

Estas ideas eran expresadas por los mandos militares en sus comunicados y reglamentos, además de la prensa. La revista oficialista Para Ti, por ejemplo, se preguntaba “¿qué le están haciendo a nuestros hijos?” y sugería a las madres proteger de la amenaza subversiva a sus familias mediante una mayor dedicación.

Las militantes políticas, por lo tanto, fueron doblemente perseguidas: como opositoras y como transgresoras de sus roles impuestos, por ser “viriles”, por tener vida pública y por desatender la maternidad.

Los reglamentos militares y carcelarios establecieron pautas diferenciadas de género respecto de la requisa de mujeres (no dejarse amedrentar por reacciones “histéricas”) o la maternidad (de dos años se redujo a seis meses el lapso para la permanencia de infantes con sus madres). En el penal de Devoto se creó una junta interdisciplinaria que elaboró un “Plan de conducta y libertad” que forzaba a la confesión y clasificaba a las detenidas en “recuperadas”, “en vía de recuperación” o “irrecuperables”, a fines de generar divisiones y extraer información.

En los Centros Clandestinos de Detención, la represión también tuvo formas propias: la tortura física y psicológica, la violación, la desnudez forzada, los abortos, los partos deshumanizos. A la subversiva había que denostarla y destruirla. Y la sanción, en algunos casos, fue más allá de sus propios cuerpos, mediante la apropiación de sus hijos e hijas o la utilización de menores para torturarlas y amenazarlas.

La violencia sexual fue confirmada por la CONADEP, la Comisión Internacional de Derechos Humanos y el Juicio a las Juntas. Progresivamente, la jurisprudencia nacional y provincial fue identificando los delitos sexuales en su especificidad y, según el artículo siete del Estatuto de Roma, como delitos de Lesa Humanidad en sí mismos.

El caso del Casino de Suboficiales

Este CCD de mujeres dependía de la Compañía de Comunicaciones de la VIII Brigada de Montaña y estaba a cargo de Walter Tomás Eichhorn, prófugo recientemente capturado, cuyo superior era Carlos Ledesma. Tanto ellos como los interrogadores (García, Pagella y Carelli) fueron reconocidos en numerosos testimonios de las víctimas.

De abril a septiembre de 1976 pasaron por allí dieciséis mujeres: Liliana Buttini, Vilma Emilia Rúpolo, Olga Salvucci, Norma Sibila de Morán (fallecida), Dora Goldfarb, Yolanda Cora Cejas, Estela Izaguirre, Carmen Corbellini, Edith Arito, Rosa Obredor, Beatriz García, Susana Nardi, María Elena Castro (fallecida), Liliana Petruy, Silvia Alliendes y Eda Sbarbati de Alliendes (fallecida).

Beigel relató en detalle el caso de Vilma Rúpolo, quien fue detenida dos días después de dar a luz a su hijo Mariano. El recién nacido quedó a cuidado de sus abuelos y pudo reencontrarse con su madre varios días más tarde, luego de que Rúpolo presionara con amenazas de suicidio. La querella instaló frente al tribunal el moisés en el que Mariano fue conducido al Casino por dos militares con Itacas. Una muestra muy gráfica de la caracterización que los represores tenían respecto de la peligrosidad de los “hijos e hijas de la subversión”.

Sobrevivientes del Casino de Suboficiales

Pese a la tortura y las amenazas constantes que padecieron las mujeres allí detenidas, la llegada de Mariano fue “un momento de alegría”. La solidaridad, que fue una característica entre las compañeras de cautiverio de los distintos centros y cárceles a lo largo del país, permitió, según sus palabras, la supervivencia frente al terror. En el caso del Casino, el cuidado colectivo del pequeño niño, los cantos de resistencia, la contención, fue un lazo salvador. Ese mismo compañerismo continuó a lo largo de cuarenta y dos años y las encontró, de nuevo, tomadas de las manos y en primera fila, oyendo esta vez, los alegatos que rescatan sus hechos.

Por estos delitos, la querella sostuvo la calificación legal y las acusaciones de la Fiscalía contra Carlos Ledesma (autor mediato) y Armando Olimpo Carelli (coautor) y pidió penas de 25 años e inhabilitación perpetua para ambos.

Por último, al igual que el Ministerio Público, Viviana Beigel pidió una sentencia con perspectiva de género que incluyera explícitamente la violencia desplegada por el aparato represivo contra las víctimas mujeres de este juicio.

Salinas inició el alegato por Las Lajas

En la última hora de la jornada del debate de hoy refirió Pablo Salinas lo sucedido en el CCD Campo Las Lajas. El abogado hizo un recorrido por la historia del MEDH, sus orígenes, su objetivo, sus valores. Mencionó a “las imprescindibles” Elba Morales y Pocha Camín y agradeció su trabajo incansable por dilucidar lo sucedido durante la última dictadura.

Sobre Las Lajas se conoce su uso como campo de tiro antes del ‘76. Sin embargo, entre ese año y el ‘83 hay un ocultamiento de la información de su funcionamiento. La querella sostuvo que la falta de datos sobre esa época se debe al uso de ese campo como Centro Clandestino de Detención. “En Campo Las Lajas están los restos de nuestros compañeros”, aseguró Salinas.

En ese contexto, hizo referencia al rol central de Carlos Santa María como jefe de inteligencia de la IV Brigada Aérea. “La inteligencia decidía quién vivía y quién moría”, como también los distintos mecanismos para deshacerse de los cuerpos. Hay testimonios muy elocuentes que refieren a Las Lajas, dependiente de la Fuerza Aérea, como centro clandestino de detención, torturas y exterminio. Ejemplos de ello son las palabras de Horacio Oscar Ferraris, Emilio Luque Bracchi y Vivian Acquaviva.

Las Lajas

Contra los dichos de Carlos Rico en su indagatoria, “¿por qué no juzgan a los Montoneros?”, Salinas respondió: “ojalá hubieran juzgado a todos como a ellos ahora, con todas las garantías. Esto es un Estado de derecho, no lo que aplicaban ustedes”. Y ejemplificó con la pastilla de cianuro que tomó María del Carmen Marín para evitar la máxima perversidad que podía sufrir al caer en manos de los represores.

Las víctimas de Las Lajas

A través de fotos, ilustraciones y distintas diapositivas hizo el abogado un recorrido por las víctimas de este caso. Mauricio López tenía un voto por la paz y por la pluralidad. Fue integrante del Consejo Mundial de Iglesias y el primer rector de la Universidad Nacional de San Luis (UNSL). Era un profesor reconocido y muy querido.

Osvaldo Zuin era exseminarista y actor de teatro, militaba en el PRT. Emilio Luque estudiaba en Ciencias Físicas y Matemáticas en la UNSL, además de compartir habitación con el militante peronista Santana Alcaraz. María del Carmen Marín estudiaba Bellas Artes en Buenos Aires y militaba en Montoneros. Su padre, Carlos Armando Marín, la protegía y fue secuestrado luego de que ella se suicidara al tomar la pastilla de cianuro.

El jueves próximo, 14 de junio, continuará la audiencia con la conclusión del alegato de la querella y comenzará la defensa con su argumentación.

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.