20-09-18 / En la fecha el Tribunal Oral N° 1 dictó sentencia para 19 procesados por delitos de lesa humanidad. Hubo cinco condenas a prisión perpetua, entre ellas a Juan Carlos Santa María, por su responsabilidad en la desaparición del reconocido profesor Mauricio López. Además, hubo una absolución y penas de distinto monto, algunas muy bajas. Para Carlos Rico, 4 años y 6 meses, lo mismo que recibieron los miembros de la Policía Federal, Raúl Mirotta y Marcelo León, quienes, curiosamente, fueron condenados por asociación ilícita. El Campo Las Lajas fue reconocido como Centro Clandestino de Detención. También se dictaminó que el trato recibido por las mujeres detenidas se encuadra en violencia de género. Los crímenes analizados fueron considerados delitos de lesa humanidad en el marco de un genocidio cuyo alcance incluye a los y las niñas que estuvieron a disposición del D2.
Este juicio se inició el 27 de octubre de 2016. Estuvo a cargo del Tribunal Oral Federal N°1 de Mendoza integrado por los jueces Daniel Cisneros del Juzgado de San Martín, provincia de Buenos Aires, Alejandro Piña y la jueza Gretel Diamante.
La parte acusadora fue representada por el fiscal general Dante Vega, la fiscal Patricia Santoni y el fiscal ad hoc, Daniel Rodríguez Infante. A ello se sumaron los querellantes: por el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, Pablo Salinas, Viviana Beigel, Diego Lavado y Carlos Varela. Por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación intervino Fernando Peñaloza, quien solamente querelló por la Causa Las Lajas. Por último, el Gobierno de Mendoza adhirió a los alegatos y pedidos de pena de la fiscalía.
Solo un acusado contó con abogado particular: el vicecomodoro Juan Carlos Alberto Santa María, patrocinado por Carlos Benavídez. Los 19 imputados restantes fueron asistidos por los defensores oficiales Ramiro Dillon y Leonardo Pérez Videla.
Por mayoría, el tribunal decidió “rechazar los incidentes y planteos de prescripción de la acción penal, inconstitucionalidad, anticonvencionalidad y nulidad interpuestos por los defensores de los acusados”. Asimismo, declaró a los hechos juzgados como “constitutivos de crímenes de lesa humanidad, cometidos en el contexto del delito internacional de genocidio”.
Causas acumuladas
En el debate se trataron once causas acumuladas que contemplaban a 76 víctimas, entre ellas cuatro asesinados/as y siete desaparecidas/os. 19 miembros de las fuerzas armadas y policiales esperaron el veredicto, de los cuales 10 llegaron a juicio por primera vez.
Llegaron al estrado varias causas por hechos que conmovieron a la sociedad: los asesinatos de Susana Bermejillo y Mario Susso, verificados cuatro días antes del Golpe del 76. El único imputado por el caso, Armando Osvaldo Fernández, fue absuelto por esta causa aunque condenado por otros hechos cometidos en el D2, con un monto de 20 años.
Por las ejecuciones de Amadeo Sánchez Andía, en junio de 1975 y de Víctor Romano Rivamar, en abril del 76, absolvieron a José Luis Mirotta y Marcelo León, de la Policía Federal, a su vez que fueron condenados a la pena de cuatro años y seis meses por el delito de asociación ilícita.
En las dos causas mencionadas, el tribunal entendió que los hechos, rodeados de la mayor clandestinidad, no estaban suficientemente probados para condenar a los imputados por las muertes. Sin embargo, reconoció que fueron víctimas del terrorismo de estado y a los imputados como miembros del aparato criminal.
Rico fue parte del terrorismo de Estado
Algo similar sucedió con Carlos Rico, exsecretario de Seguridad de la provincia. El juicio retomó la Causa Rabanal que trata la detención y tortura de miembros cercanos a Montoneros, en febrero de 1976. El comisario Carlos Rico, miembro de Infantería, fue acusado de aportar a la custodia y traslado de los/as detenidos/as por el D2. Sin embargo, fue absuelto por los casos nombrados aunque condenado a la pena de cuatro años y seis meses por el delito de asociación ilícita, reclusión menor al tiempo que lleva en prisión preventiva luego de su fuga y posterior captura en el año 2013.
Para este caso, el Ministerio Público Fiscal había desestimado, en su acusación final, algunos hechos contemplados en instrucción y sostuvo solo aquellos suficientemente probados por los documentos y las declaraciones del propio Rico. El tribunal no acompañó el criterio de la fiscalía. El fallo confirmó la pertenencia del exfuncionario del gobierno de Jaque a la asociación ilícita constituida para llevar a cabo el plan criminal estatal de la última dictadura.
Fuerza Aérea
Otros hechos nunca tratados también cobraron relevancia en este juicio. Por primera vez se analizó el accionar de la Fuerza Aérea en la represión ilegal a través de la Regional Oeste de Inteligencia dependiente de esa fuerza. Particularmente se ventiló el funcionamiento del Campo Las Lajas, sostenido por la acusación como Centro Clandestino de Detención (CCD), categoría confirmada por el tribunal en la sentencia.
Fue condenado a prisión perpetua Carlos Santa María, vicecomodoro de la Fuerza Aérea, por la detención y desaparición de Mauricio Amílcar López, visto por última vez con vida en este CCD. Lamentablemente, debido al reciente apartamiento de Paulino Enrique Furió, condenado en juicios anteriores, también quedaron sin responsables penales las desapariciones de Osvaldo Zuin, Juan Ramón Fernández, María del Carmen y Carlos Armando Marín, así como la detención y los tormentos sufridos por Horacio Ferraris en dicho centro clandestino.
Ejército
En el Casino de Suboficiales, dependencia de la VIII Brigada del Ejército, ubicada en calle Boulogne Sur Mer, estuvieron alojadas 16 mujeres que convergieron en ese CCD donde fueron abusadas y torturadas. Fueron víctimas en este juicio: Liliana Buttini, Yolanda Cora Cejas, Vilma Rúpolo, Estela Izaquirre, Olga Salvucci, Carmen Corbellini, Eda Sbarbati de Alliendes, Rosa Alliendes, Beatriz García, Rosa Obredor, Susana Nardi, Dora Goldfarb, Norma Sibila, Marina Elena Castro y Liliana Petruy.
Las responsabilidades por estos delitos recayeron en el Ejército en articulación con la Fuerza Aérea. Carlos Eduardo Ledesma y Armando Olimpo Carelli fueron condenados a la pena de 22 años de prisión. Haciendo lugar a la fiscalía y la querella, el fallo declaró que “las mujeres mencionadas en el dispositivo precedente fueron víctimas en un contexto de violencia en razón de su género” y falló por la violación sufrida por Carmen Corbellini.
Además, por las detenciones de Arturo Galván, Hermes Ocaña, Ricardo Alliendes y Segundo Alliendes en la Compañía de Comunicaciones dependiente de la VIII Brigada de Montaña fueron condenados Dardo Migno y Ramón Ángel Puebla a doce y catorce años de prisión, respectivamente.
Condenas para miembros del D2
Asimismo, se revisó la feroz embestida contra el PRT-ERP, verificada en mayo de 1976, que dio por resultado la desaparición forzada de Jorge Daniel Moyano, visto por última vez en el D2, y las detenciones y tormentos de otras seis personas: Victor Sabatini, Lucía Allegrini, Graciela Leda, Liliana Tognetti, Silvia Schvartzman y Antonio Siro Vignone.
Por esta causa fueron condenados a prisión perpetua Pablo José Gutiérrez y Diego Fernando Morales. Armando Osvaldo Fernández recibió la pena de 20 años de prisión por éste y otros hechos ocurridos en el ya mencionado Centro Clandestino de Detención.
Por su parte, Alcides París Francisca y Ricardo Benjamín Miranda recibieron la condena de prisión perpetua por la desaparición de Olga Inés Roncelli, detenida también en el D2. Con eje en esta dependencia, se consideraron a su vez las causas que refieren las detenciones de Roberto Marmolejo, Alfredo Ghilardi, Carlos Mauri, Mirta Hernández, Adriana Espínola, Segundo Alliendes y Fredi Ramírez Longo. Por último, fueron condenados por primera vez los exagentes del D2, Miguel Ángel Salinas y Carlos Faustino Álvarez a la pena de cinco años de prisión por la detención y tortura de Nélida Virginia Correa.
La sentencia también contempló la persecución contra miembros de la Asociación Bancaria por la cual fueron condenados Armando Fernández y Pablo Gutiérrez Araya, responsables de los delitos sufridos por Luis Ocaña, Hermes Ocaña, Arturo Galván y Horacio Lucero.
Se condenó por primera vez a Roberto Usinger, exoficial del D2, a la pena de 14 años de prisión por la persecución contra miembros del Partico Comunista -dentro de la llamada “Causa Berlanga”- y las detenciones de Oscar Miguel Pérez y los hermanos Pedro y Marcelo Straniero.
Finalmente, como sucedió en otros juicios, cayó una causa que tenía como único imputado al exgeneral Luciano Benjamín Menéndez, quien falleció el 27 de febrero de este año. Se trata de la Compañía de Telecomunicaciones 141 “Campo los Andes” del Ejército, ubicada en Tunuyán, que se constituyó en CCD para ocho detenidos trasladados de la Penitenciaría, presumiblemente, en calidad de rehenes.
Por último, fue absuelto el comisario Carlos Luciani, imputado por la detención y los tormentos sufridos por Miguel Ángel Rodríguez en la Seccional 33 que estaba a su cargo.
Vigilia fuera del recinto
Desde las escalinatas de Tribunales Federales, con un sol abrasador de primavera, la lectura de la sentencia fue seguida atentamente por miembros de los organismos de Derechos Humanos, organizaciones sociales, políticas, sindicales y medios comunitarios, entre ellos la radio La Mosquitera, que se acercaron a acompañar a víctimas y testigos/as.
El veredicto produjo emociones encontradas. Fue una reconfortante reparación para las mujeres y otras víctimas pero, a la vez, una desagradable sensación colectiva, por las indebidas penas a partícipes de la Dictadura, que pronto volverán a las calles.