Después de nueve meses de debate, el Tribunal Oral Federal 1 de Mendoza condenó a los responsables de la apropiación de Miriam, la hija de María del Carmen «Pichona» Moyano y Carlos Poblete.
Las penas atribuidas fueron 10 años de prisión para Armando Osvaldo Fernández, oficial inspector del D2 especializado en inteligencia, quien registró a Miriam como hija propia; 8 años para Abelardo Santiago Garay, policía del D2 que firmó como testigo apócrifo del nacimiento, y 5 años para Iris Yolanda Luffi, esposa de Fernández que prestó su nombre para inscribir a la niña.
Los montos se deben a que el tribunal adoptó el criterio de la ley 11179, vigente al momento de la sustracción, a pesar de que la acusación había solicitado la aplicación de la ley 24410, sancionada en 1994, momento en que se seguía cometiendo el crimen de retención y ocultamiento.
Como en otras ocasiones, se reconoció el carácter de crimen de lesa humanidad cometido en el contexto del delito internacional de genocidio. Y entre las reparaciones, se declaró a María del Carmen Moyano víctima de violencias en razón de su género.
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