AUDIENCIA 109 / RAMOS Y ARAMAYO PIDEN ABSOLUCIONES

10-03-2023 | Andrés Ramos finalizó su defensa por Emilio García, exjefe de la Regional Oeste de Inteligencia. Luego, Matías Aramayo alegó por José Santos Chiófalo, responsable de custodiar a personas alojadas ilegalmente en la IV Brigada como director de la banda de música. La próxima audiencia es el viernes 17 de marzo a las 9:30.

Durante la jornada avanzaron las defensas de los imputados García y Chiófalo y solicitaron la absolución de los dos. El primero tiene un pedido de pena de prisión perpetua y el segundo —exintegrante de “Los trovadores de Cuyo”—, de 12 años. Sin embargo, el músico ya no cumple prisión preventiva por haber cumplido más de dos terceras partes de la posible pena máxima de su condena. En términos generales, los planteos son los mismos.

Ramos rechazó la autoría mediata y la coautoría funcional

El abogado de Emilio Antonio García, Andrés Ramos, retomó su alegato con los argumentos de la semana pasada. Se refirió nuevamente a tres vicios de la acusación: la selectividad, el anacronismo y la manipulación de los antecedentes. La defensa, en realidad, no aportó nuevos razonamientos: “Se está involucrando a una persona por el solo hecho de pertenecer a la fuerza”, afirmó, porque no se ha podido probar que el imputado conocía o aportaba a la actividad del Destacamento de Inteligencia 144 (D144). Y aseguró, siguiendo a Leonardo Pérez Videla, que el paso del tiempo impide evacuar dudas y probar elementos de la acusación.

Ramos citó “Juicio y castigo”, un libro del periodista de Radio Mitre Alfredo Leuco. En su tapa tiene una foto de Cristina Fernández de Kirchner y en su contratapa se lee: “Pretende ayudar a levantar la guardia de la sociedad frente a cierta peligrosa amnesia que puede ser la puerta de regreso del chavismo K y el nacional populismo recargado y vengativo”. Dijo que él se distancia del título, porque —incluso en ese caso— debería hablarse de “juicio y sentencia”, sin determinar la culpabilidad de antemano, es decir, para dejar abierta la posibilidad de la absolución.

A continuación —y en la misma línea ideológica— se refirió a la suspensión de la presentación del libro “La estafa con los desaparecidos. Mentiras y millones”, de José D’Angelo Rodríguez, en la Biblioteca del Congreso de la Nación. El sujeto en cuestión, exmilitar carapintada, es conocido por su posición negacionista y declaró en este debate por pedido de Eduardo San Emeterio. Según logró analizar el defensor Andrés Ramos, las personas de ideología opuesta creen que “una verdad prevalece sobre otra” y limitan a quienes piensan distinto.

Remarcó luego que fueron violados los principios de irretroactividad de la ley penal y de culpabilidad. Rechazó la acusación en el plano vertical —la autoría mediata por aparato organizado de poder— y en el plano horizontal —la coautoría funcional por división de tareas—. “Faltan pruebas” para demostrar el aporte esencial de Emilio García.  Citó algunos fallos de la Cámara de Casación como Labarta Sánchez —que condenó finalmente a exmilitares de San Rafael—. A decir verdad, esta sentencia adhiere al planteo de la autoría mediata.

La discusión que plantean las defensas es, básicamente, que se juzga a estos hombres por quiénes son —integrantes de las Fuerzas Armadas— y no por lo que se puede probar que hicieron. “Tengo que saber de qué se me acusa concretamente”, remarcó el abogado, porque “no negué ser parte de la fuerza” sino conocido, ejecutado u ordenado los hechos que se investigan. Repitió que los grupos responsables eran “subunidades” que tenían dominio del hecho “por fuera”. Esto descartaría la fungibilidad de los integrantes de la fuerza.

Alega Andrés Ramos

Andrés Ramos pretendió mostrarse empático con las víctimas, pero deslizó la idea de que más que justicia buscan venganza: “No compensemos el sufrimiento con otro sufrimiento”, “que ese reclamo genuino no convalide el proceso ilegítimo” contra García. Negó la existencia de un pacto de silencio que las querellas piden insistentemente que se rompa para conocer dónde están las personas desaparecidas y qué hicieron con ellas. También relativizó los hechos al hablar de “privaciones, tal vez, abusivas de la libertad”.

Para finalizar, pidió la absolución lisa y llana de Emilio Antonio García, o bien la absolución por el beneficio de la duda. También solicitó la nulidad de la indagatoria a su defendido, del procesamiento y de la elevación a juicio; el sobreseimiento por prescripción de la acción penal, la inconstitucionalidad y la anticonvencionalidad.

Chiófalo se defiende “con lo que tiene y con lo que puede”

Matías Aramayo inició su exposición con el pedido de absolución de José Santos Chiófalo dado que sería la conclusión más “ajustada al derecho”. Calificó a los hechos investigados como los “más oscuros” de la historia de nuestro país y advirtió que su defensa no buscaba cuestionar a las víctimas.

Chiófalo está imputado como uno de los responsables de mantener cautivas de forma ilegal a un conjunto de personas –en su mayoría, detenidas en el departamento de Las Heras y vinculadas al Partido Comunista– en las instalaciones de la IV Brigada Aérea, específicamente en un hangar, mientras se desempeñó como director de la banda de música. Anticipó que su alegato analizaría la participación real de su cliente en los delitos adjudicados y la pertinencia de la figura de la autoría mediata por aparato organizado de poder. Esta última, protestó, deja a Chiófalo a la misma altura que “personajes siniestros” como los comandantes de las juntas militares.

Expone Matías Aramayo

Adhirió luego a los pedidos de Pérez Videla, Civit y Ramos referidos a la prescripción y la insubsistencia de la acción penal. Se refirió a la pena solicitada para Chiófalo –12 años de prisión– y argumentó que en el caso de su defendido, de más de ochenta años, no permitiría la resocialización pretendida por la ley. Citó entonces a Kant y el requisito de la “utilidad” de la pena: dado que no sería útil, se torna injusta.

El abogado particular reclamó que el Ministerio Público Fiscal dispone de grandes recursos, especialmente humanos, lo cual le otorga un importante poder de investigación. Esta situación, sumada a la “firme política criminal” de la Argentina respecto a los derechos humanos, significa un perjuicio para Chiófalo y sus garantías constitucionales, sostuvo.

Insistió además en la imposibilidad de ejercer la defensa de su cliente por los años transcurridos, sobre todo en materia de prueba, y ofreció un ejemplo. De acuerdo a la declaración del propio imputado, durante parte del periodo analizado fue destinado al Ministerio de Trabajo y entregó documentación que lo acreditaría. No obstante, para respaldar esta prueba sus abogados solicitaron al tribunal que se comunicara oficialmente con esta repartición estatal, pero la respuesta del ministerio fue negativa: Chiófalo nunca pasó por allí. Según Aramayo, los archivos del personal no resistieron el paso del tiempo, razón por la cual ya no existen constancias. El hombre, que “afortunadamente” fue ordenado con sus papeles, se defiende “con lo que tiene” y “con lo que puede”, lamentó.

Sala de audiencias

El resto de su alegato giró en torno a la insubsistencia de la acción penal, en particular desde la sanción –en 2022– de la ley 27700 que otorgó rango constitucional a la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores –de 60 años o más–. En su artículo 31 la norma se refiere al acceso a la justicia para ellas: “Tienen el derecho a ser oídas, con las debidas garantías, dentro de un plazo razonable”, citó. El texto hace hincapié en aspecto temporal y en la obligación de los Estados de otorgarles un trato preferencial en los procesos de justicia. Argumentó que este juicio es una oportunidad para comenzar a aplicar esta perspectiva. Por el contrario, sostener el criterio del “no plazo” conduce a la inseguridad jurídica y, en consecuencia, el derecho queda “desterrado”.

La audiencia completa puede verse en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=Qo-LTHX-U-U 

 

La próxima audiencia, en la cual continuará el defensor Martín Ríos, será el viernes 17 de marzo a las 9:30.

 

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El Colectivo Juicios Mendoza se conformó en 2010 por iniciativa de los Organismos de Derechos Humanos para la cobertura del primer juicio por delitos de lesa humanidad de la Ciudad de Mendoza. Desde ese momento, se dedicó ininterrumpidamente al seguimiento, registro y difusión de los sucesivos procesos judiciales por crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.