22-05-2026 | El fiscal Dante Vega continuó los alegatos con casos de 1974 y 1975 que involucran al D2. Abordó los hechos de veinte víctimas. La próxima audiencia no tiene fecha definida.
La audiencia 65 del 13.° juicio por delitos de lesa humanidad de Mendoza fue una jornada más de alegatos del Ministerio Público Fiscal. Dante Vega repasó tres casos que incluyen, en total, a alrededor de veinte víctimas. Al iniciar la audiencia, el defensor oficial, Leonardo Pérez Videla, notificó al tribunal de que falleció Rubén Darío González Camargo, imputado en este juicio y múltiples veces condenado. Fue señalado por distintos testigos, particularmente por la sobreviviente del D2 Rosa Gómez, como uno de los violadores del centro clandestino.
Caso 7: secuestros en la puerta de la penitenciaría provincial
El fiscal comenzó la jornada con un caso correspondiente a noviembre de 1974. Aquí el D2 intervino no tanto como Centro Clandestino de Detención (CCD), sino como aparato de inteligencia. Pedro Dante Sánchez Camargo y Armando Fernández firmaron varias de las constancias de esta causa. Una particularidad de los casos es que las víctimas fueron detenidas, liberadas desde la penitenciaría y secuestradas nuevamente por la Policía Federal en la puerta del penal.
Juan Luis Moyano Walker era oriundo de Capital Federal y sacerdote jesuita. Había llegado a Mendoza a principios de 1973 para terminar su licenciatura en Filosofía. Vivía en el barrio San Martín y realizaba labor social con el cura Llorens. Respecto a “Macuca” Llorens, el fiscal citó ante el tribunal las palabras de Sánchez Camargo en instancias judiciales previas y realizó una aclaración. El exjefe del D2 declaró que tuvo contacto personal con el sacerdote jesuita, quien habría colaborado con la policía como informante. “Una mentira más de Sánchez Camargo”, calificó Vega, y recordó que la tarea de Llorens era lo opuesto a lo que pretendió adjudicarle Sánchez Camargo.
Moyano Walker fue detenido junto a Ángela Pastora Vélez, Vicente Petrizani y Guillermo Rave el 16 de noviembre de 1974, en el marco de un procedimiento realizado por la Unidad Regional I –a cargo de Sánchez Camargo–. Las víctimas iban a bordo de una camioneta Dodge donde se habría encontrado documentación apócrifa y panfletos que criticaban la gestión de María Estela Martínez de Perón y su política represiva: el texto, firmado por la Juventud Peronista, la Juventud Trabajadora Peronista, la Unión de Estudiantes Secundarios y otras agrupaciones vinculadas a Montoneros, convocaba a una movilización para el 17 de noviembre.
Según el expediente, Sánchez Camargo dio intervención al D2 a través del agente Gauna, pero también aparecen firmas de Armando Fernández. Esta dependencia participó de los allanamientos que se desprendieron del secuestro del vehículo y sus pasajeros.
Las cuatro víctimas fueron llevadas a los calabozos de la calle Mitre –la Jefatura Policial– para ser interrogadas y luego trasladadas a la Comisaría Séptima de Godoy Cruz. Moyano fue liberado desde la penitenciaría, pero capturado nuevamente por la Policía Federal el 2 de diciembre. Volvió al penal el 5 de diciembre de 1974 a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN).
Vicente Jorge Petrizani estuvo en la Comisaría Séptima hasta el 25 de noviembre de 1974. El 5 de diciembre figura su ingreso a la penitenciaría provincial en calidad de detenido a disposición del PEN. En el expediente consta que el D2 le pidió “autorización” bajo tormento para allanar su domicilio en la calle Balcarce de Godoy Cruz, donde tenía un taller mecánico. Obtenida la autorización de la víctima, le solicitaron lo mismo al juez federal Agüero. Según el fiscal, esta es una de las incongruencias de las causas que se analizan. A Petrizani lo defendía el abogado Conrado Higinio Gómez, actualmente desaparecido.

Ángela Pastora Vélez, pareja de Petrizani, ingresó a la cárcel el 3 de diciembre de 1974. El 5 de diciembre recuperó la libertad pero la Policía Federal la estaba esperando en la puerta y fue nuevamente secuestrada por esta fuerza, lo que da cuenta del entramado delictivo. Su madre presentó un habeas corpus y motivó un dictamen del fiscal Miret a favor de la liberación de la víctima: en el escrito de tono garantista, Miret alegaba que la Policía Federal no tenía facultades para detener a personas que habían sido liberadas por la justicia federal.
Ángela declaró en el noveno juicio de la provincia, en junio de 2021. En esa ocasión, relató que el traslado a la sede de la Policía Federal fue muy violento. En el edificio, donde había muchas víctimas, fue torturada de múltiples formas: además de sesiones con picana eléctrica, la obligaron a tragar cucharadas de sal mientras los torturadores leían la biblia y golpeaban su cabeza con el libro. En otro momento se sentaron arriba de su espalda. Antes de conducirla una vez más a la cárcel, la hicieron bañarse en una tina con sal.
Guillermo Ravé declaró en este juicio, en septiembre de 2025. Había llegado a Mendoza desde La Plata y fue detenido por primera vez junto a las demás víctimas el 16 de noviembre de 1974. Supo que la Policía Federal estaba secuestrando a quienes recibían la libertad desde el penal y pudo escabullirse entre presos comunes cuando fue su turno. Aunque logró evadir esa detención en la puerta de la cárcel, fue capturado y encarcelado definitivamente en San Juan unos meses más tarde.
Juan Carlos Zárate Piveta fue detenido el 18 de noviembre de 1974 junto a su esposa, Trinidad Corvalán de Zárate, en el domicilio de Vélez y Petrizani –calle Balcarce de Godoy Cruz–: la policía había dejado allí una guardia. Luego de realizar un allanamiento en su vivienda, el matrimonio fue trasladado a la Unidad Regional I. Tras declarar ante la Justicia Federal –calle Las Heras–, Juan Carlos y Trinidad pasaron una noche en el penal y volvieron al juzgado, donde les comunicaron que quedaban en libertad. La Policía Federal detuvo por segunda vez a la pareja cuando salía de la penitenciaría. Días más tarde las dos víctimas reingresaron a la cárcel con decreto de arresto a disposición del PEN.
Zárate fue parte del contingente de rehenes trasladados el 28 de octubre de 1976 a la Compañía de Telecomunicaciones de Campo Los Andes, Tunuyán. Allí permaneció encadenado para dormir. Volvió a la cárcel de Boulogne Sur Mer el 29 de diciembre de ese mismo año.

Caso 8: Tres años detenida, 44 estopines
Angélica del Carmen Fernández Ortega declaró en la etapa de instrucción, en febrero de 2013. La mujer compartía vivienda con otras personas chilenas en la calle Patricias Mendocinas de Ciudad de Mendoza, domicilio del que fue detenida en febrero de 1975 por personal del D2 vestido de civil y sin ninguna identificación. Entre golpizas, se la llevaron junto con todas las personas de la casa. Ella declaró que en el palacio policial la bajaron por unas escaleras y la encerraron en una celda grande, mientras que el resto estuvo en calabozos más arriba en el edificio. Angélica compartió detención con Jaqueline Concha Cortés.
Al día siguiente, la mujer fue trasladada a la Policía Federal (PF) y el sumario se formalizó contra diez personas chilenas y una argentina que el D2 remitió a la PF en calidad de detenidas. Ella fue interrogada por el vínculo con ese y otros grupos chilenos. La razón de la detención, reconstruyó el fiscal Vega, fue que durante la requisa en la vivienda secuestraron 44 estopines eléctricos, un mimeógrafo y volantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Lo registraron como “actos materiales hostiles no aprobados por el Gobierno nacional” que podían dar motivo a conflictos entre los países.
Fernández fue trasladada a la cárcel por orden del juez Agüero, pero quedó detenida a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) por un decreto de marzo de 1975. Permaneció un año y medio en la Penitenciaría de Mendoza, la llevaron a la de Devoto y recién la liberaron en abril de 1978.
Caso 9: Causa Mochi
La vinculación que existía entre quienes resultaron víctimas de este caso fue su militancia política en la Organización Comunista Poder Obrero (OCPO). Con su participación gremial y estudiantil, tenían como principal objetivo la democratización sindical. Se trata de Rosa Ángela Benuzzi —actualmente desaparecida—, Jaime Nelson Torrens, María Angélica Hechín, Hugo René Tomini, Ismael Esteban Calvo, Mario de la Cruz Sisterna, Blas Armando Yanzón, Juan Carlos Yanzón, Raquel Mercedes Miranda Huerta, Oscar Prudencio Mochi, Eduardo León Glogowski, Luz Amanda Faingold, María Susana Liggera y Ricardo D´Amico.
La Causa Mochi tuvo su origen en el expediente policial elaborado por el Departamento de Informaciones (D2) y da cuenta de tres procedimientos vinculados a catorce víctimas. El primero, en la explanada de la Casa de Gobierno; otro en un domicilio ubicado en la calle José Hernández de Las Heras, y, por último, el más grande, realizado en la calle Malvinas Argentinas de Guaymallén.

El primer procedimiento se produjo el 16 de junio de 1975 afuera de la Casa de Gobierno, durante una manifestación de obreros metalúrgicos. Según un acta de procedimiento fechada ese día, el entonces oficial subinspector Eduardo Smaha, actualmente fallecido, y el ayudante Enrique Couto —ambos del D2— “observaron que una pareja de jóvenes se encontraban también en ese lugar al parecer a la espera de alguna persona”. Se trataba de Rosa Ángela Benuzzi y Jaime Nelson Torrens, pareja aprehendida y trasladada incomunicada a la sede del Palacio Policial.
El personal del D2 obtuvo bajo tortura una autorización de Jaime para requisar su domicilio, en el departamento de Las Heras. Todo figura en el acta de allanamiento y da cuenta del segundo procedimiento. En la vivienda se encontraron con María Angélica Hechín y la detuvieron también en carácter de incomunicada. El D2 comenzó una investigación contra Torrens, Benuzzi, Hechín y se incluyó a Prudencio Mochi, pareja de Angélica, a quien se lo consideraba prófugo.
Fue el juez Miret quien más adelante firmó la prórroga de la incomunicación. Mientras se encontraban en el D2 fueron sometidos a una indagatoria en la que Rosa y Jaime declararon, mientras que Angélica se abstuvo. En el marco de la investigación las tres personas declararon ante el magistrado, en sede judicial. A Rosa la dejaron en libertad el 24 de junio por falta de pruebas. Jaime Torrens desconoció la declaración realizada en el D2 y con Hechín quedaron a disposición del juez federal, en la Penitenciaría de Mendoza. Sin embargo, el 25 de junio la Policía Federal informó que Rosa Benuzzi y Jaime Torrens quedaron a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) “por presunta vinculación subversiva” y Rosa, a pesar de su liberación, permaneció detenida.
Malvinas Argentinas 97 de Pedro Molina, Guaymallén
El tercer operativo se llevó a cabo entre el 28 y 29 de agosto de 1975, en el domicilio ubicado en la calle Malvinas Argentinas al 97 de Pedro Molina, Guaymallén. El procedimiento fue expedido por el juez Miret. Comenzó con un allanamiento y culminó con la detención de Tomini, Calvo, Sisterna, Blas Yanzón, Juan Carlos Yanzón, Miranda, Mochi, Glogowski, Faingold, Liggera y D´Amico.
El procedimiento estuvo a cargo del jefe de la Sección Robos y Hurtos de la Policía de Mendoza, oficial Julio Eduardo Tolero, y del oficial Alberto Albarracín. Alegaban el incumplimiento de la Ley Nacional de Contrabando, un delito federal. “¿Qué tendrá que ver la ley nacional de contrabando con esta investigación?”, cuestionó el fiscal.
La primera detención fue la de Hugo Tomini, luego de salir de la vivienda. Según el acta de procedimiento, le sacaron la llave con la que ingresaron al domicilio. Ya en el interior, los efectivos sorprendieron, redujeron y detuvieron a Ismael Esteban Calvo. Secuestraron armas, panfletos, municiones y numeroso material “de corte extremista”. Ante la presunción de que la casa era “para reuniones de personas extremistas”, comenzó una requisa y dejaron personal para esperar a otras personas que pudiesen ingresar.
Minutos después de la detención de Calvo ingresó un rastrojero marcha atrás al domicilio. Mario de la Cruz Sisterna conducía el vehículo y Blas Armando Yanzón iba de acompañante. Yanzón fue sorprendido por personal de la policía cuando abría el portón y quedaron detenidos en el interior de la casa. A las 19:00, arribó al domicilio Juan Carlos Yanzón —hijo de Blas— y quedó aprehendido junto al resto.
Alrededor de las ocho de la noche se acercaron a la vivienda dos personas más, Raquel Mercedes Miranda y Oscar Prudencio Mochi. Al escuchar voces desconocidas y movimientos extraños decidieron no ingresar y caminar hasta calle Mitre. El personal policial comenzó una persecución y en sus registros dicen que dispararon al aire porque las personas no respondían a la orden de alto. Pero Raquel fue alcanzada Mochi recibió un disparo de bala en la pierna. Lo alcanzaron, lo detuvieron y las dos personas fueron trasladadas al domicilio. “Mocchi aparece detenido de la nada en el expediente”, cuenta el fiscal Vega. “Encontrándose detenido en el tribunal, recíbasele a Prudencio Mochi declaración indagatoria”, figura sin ninguna aprehensión previa. Aunque desde el principio se sabe que el procedimiento se origina por una orden de allanamiento del juzgado federal.
Durante la madrugada del 29 de agosto continuaron las detenciones en el domicilio de calle Malvinas Argentina. Cerca de las 2:40 de la madrugada fue detenida Luz Amanda Faingold, quien en ese momento era menor de edad. Según la versión policial, la joven llegó al domicilio llevando una llave de ingreso. También detuvieron a Eduardo León Glogowski y María Susana Liggera cuando ingresaron a la vivienda utilizando la llave principal. En otro procedimiento posterior, Ricardo D´Amico fue detenido en circunstancias similares.
Durante la audiencia se remarcó que el operativo se extendió por al menos cuarenta y ocho horas pese a que la orden de allanamiento había sido librada únicamente para el 28 de agosto. La permanencia policial en el inmueble y las sucesivas detenciones fueron señaladas como una de las principales irregularidades del procedimiento.
Las actuaciones fueron elevadas al jefe del D2, Sánchez Camargo, y al director de Investigaciones, comisario Alejandro López. Paralelamente, el Departamento de Informaciones dispuso la apertura del sumario de prevención y ordenó que todas las personas detenidas permanecieran incomunicadas. La resolución llevaba fecha 29 de agosto, es decir, anterior a varias de las detenciones que luego fueron incorporadas al expediente. La fiscalía sostuvo que esto demostraba cómo se confeccionaban actuaciones policiales falseando fechas y procedimientos.
Posteriormente, efectivos del D2, entre ellos Armando Fernández, Celustiano Lucero y Héctor Morales, regresaron al inmueble para realizar tareas de “inspección y análisis”. Allí requisaron la vivienda, revisaron documentación personal y hasta elaboraron un croquis completo de la casa. Entre la documentación secuestrada aparecieron elementos vinculados a Jaime Torrens y Rosa Ángela Benuzzi, pareja detenida meses antes.
Luego comenzaron las indagatorias en sede policial. El fiscal afirmó que las declaraciones obtenidas en el D2 eran producto de interrogatorios realizados bajo tortura. En el caso de Luz Amanda Faingold, al advertir que se trataba de una menor de edad, el personal policial dispuso que fuera “asistida” por un ciudadano identificado como Santiago Ríos. Más adelante se confeccionó una acta donde constaba la entrega de la joven a su madre, aunque en el mismo documento se dejó asentado que, por disposición del juez federal, la medida quedaba sin efecto y que la menor continuaría detenida e incomunicada en el D2 hasta ser trasladada a un “centro adecuado a su edad”.
Sánchez Camargo informó al juez federal sobre el operativo realizado en calle Malvinas Argentinas y comunicó el secuestro de material considerado “de corte subversivo”. También detalló que el inmueble estaba alquilado a nombre de Ricardo D´Amico y que los garantes del contrato eran José Carlos Pedotti y Olga Roncelli, secuestrada por personal del D2 en septiembre de 1977 y todavía desaparecida.
En los días siguientes el D2 solicitó nuevas órdenes de allanamiento para domicilios vinculados a familiares, garantes y personas detenidas. Las medidas fueron autorizadas por el juez federal Miret y en la mayoría de los casos no se encontraron elementos relevantes. Paralelamente, Natalio Faingold, padre de Luz Amanda Faingold, solicitó la restitución de su hija y se la denegaron. La joven recuperó su libertad bajo tutela el 19 de septiembre de 1975, aunque siguieron allanando el domicilio en el que vivía.
La causa continuó con nuevas indagatorias ante el juez federal y el fiscal Romano. Algunos detenidos declararon y otros se abstuvieron. Semanas después se dictaron sobreseimientos parciales para algunos imputados, mientras que otros continuaron detenidos y procesados. En 1976 el fiscal formuló acusación contra varios de ellos y posteriormente el Ejército informó el traslado de algunos detenidos a la Unidad N.° 9 de La Plata por disposición del Poder Ejecutivo Nacional. Finalmente, casi tres años después de las detenciones, varias de las personas imputadas fueron condenadas.

Lo que contaron las víctimas
Hugo Renato Tomini tenía 25 años y había nacido en Córdoba. Fue el primero que detuvieron de este grupo. El 28 de agosto de 1975 alrededor de las cinco de la tarde, salió del domicilio de calle Malvinas Argentinas de Pedro Molina, Guaymallén, lo interceptó un policía y luego un grupo lo metió a la vivienda. Le vendaron los ojos, le ataron las manos y comenzaron a pegarle mientras le preguntaban por el resto de los integrantes de la casa. Lo llevaron en un vehículo al D2, donde lo interrogaron bajo tortura en sl subsuelo. Lo ataron acostado abierto de pies y manos, como estaqueado, a una cama de metal donde le pusieron una especie de anillo de metal en un dedo de cada mano y de cada pie, por donde le daban descargas eléctricas, como también en zona genital.
La situación podía ser aún más ilegal. Tomini relató que un día el juez federal Miret fue al D2, le preguntó cómo estaba, el joven le dijo “dolorido” y la respuesta del magistrado fue “hay que aguantar”. Juan Carlos Yanzón confirmó las torturas a Tomini y la visita del juez. Tomini estuvo a disposición de la justicia federal y después del PEN. Tras un tiempo detenido en la cárcel de Mendoza, fue trasladado a la Unidad 9 de La Plata, desde donde recuperó su libertad.
Blas Armando Yanzón tenía 53 años, se dedicaba al comercio de mercadería y su sobrino, Ismael Esteban Calvo, lo ayudaba. Solía transportar todo en el taxiflet de Mario de la Cruz Sisterna. Ninguno de los tres militaba en política, pero llegaron a la casa de calle Malvinas Argentinas el 28 de agosto del 75, estacionaron el rastrojero y fueron detenidos.
Blas Yanzón contó que dentro de la vivienda fue golpeado por policías y que en el D2 estuvo nueve días en una celda individual. En la indagatoria en el juzgado dijo que la policía le secuestró tres cheques, dos pañuelos, una corbata y documentos, pero no pudo identificarlos porque estaba vendado. Lo alojaron un tiempo en la penitenciaría, pero el juez Miret lo sobreseyó y lo liberaron.
Ismael Esteban Calvo tenía 31 años y no declaró en juicio. Pero en aquel entonces denunció ante el juez Miret que en la casa fue vendado, atado y amordazado y así llegó al D2. Fue encerrado en un calabozo y sometido a interrogatorios bajo tortura. En sede judicial contó que lo habían golpeado con piñas, patadas y hasta con un palo en todo el cuerpo. Dijo que le robaron plata, un pañuelo y un cinturón. Fue trasladado a la penitenciaría de Mendoza y el 15 de septiembre fue sobreseído por Miret, que dispuso su libertad.
Mario de la Cruz Sisterna era un sanjuanino de 48 años que tenía un taxiflet. En las mismas circunstancias que Yanzón y Calvo, fue trasladado y alojado en el D2 por nueve días. Juan Carlos Yanzón contó que le pegaban mientras le recriminaban si no le daba vergüenza tener un hijo policía y ser él un subversivo. Tras pasar por la justicia federal y quedar alojado en la penitenciaría, fue sobreseído por Miret y liberado el 15 de septiembre.
Juan Carlos Yanzón tenía 28 años y había llegado de San Juan. Él sí militaba en la Organización Comunista Poder Obrero (OCPO). “¿Cuál era el delito?”, interpeló el fiscal. Yanzón contó que la tarde del 28 de agosto del 75 iba llegando en su motocicleta a la casa de calle Malvinas Argentinas y le pareció sospechoso que hubiera un grupo de hombres jugando al fútbol en la calle. Intentó continuar la marcha, pero los futbolistas eran, en realidad, policías de civil que lo rodearon y lo metieron a la casa. Adentro estaban su padre (Blas), su primo (Calvo) y el fletero (Sisterna). A Juan Carlos lo vendaron, lo maniataron y le pegaron culatazos porque “era durito”.
En los calabozos del D2 pudo hablar con sus compañeros y compañeras. De allí lo sacaron dos o tres veces y lo trasladaron vendado a un lugar donde fue sometido a interrogatorios bajo tortura. Dijo además que lo llevaban al baño cuando querían, entonces una vez se orinó y por eso le pegaron y lo obligaron a arrastrarse para limpiarlo con su pantalón. Yanzón recordó la visita de Miret al D2, cuando abrieron las celdas de Tomini y la suya y les levantaron las vendas para que él los mirara. Supo que era ese juez porque después fue quien recibió al grupo en el juzgado el 6 de septiembre. Dijo que les habían pegado y lo repitió en la indagatoria judicial, pero Miret no hizo nada. También le contó en el juzgado que escuchó cuando los policías entraban a los calabozos a interrogar a las mujeres y las violaban, con particular ensañamiento contra Luz Faingold.
Como al resto, a Juan Carlos Yanzón lo trasladaron ese día a la penitenciaría provincial y en septiembre de 1976, a la de La Plata. Recuperó su libertad en 1981.
Oscar Prudencio Mochi tenía 25 años y era entrerriano. Inició su militancia en Santa Fe, cuando cursaba la carrera de Abogacía. Raquel Miranda tenía 21 años, era empleada administrativa en Rentas, integraba ATE y militaba en OCPO. El 28 de agosto de 1975 llegaban a la casa de calle Malvinas Argentinas cuando advirtieron a un grupo de hombres armados afuera del inmueble. Intentaron escapar, pero los policías empezaron a disparar e hirieron a Mochi en la pierna izquierda. Él mismo contó que lo golpearon y lo llevaron a la casa, donde le vendaron los ojos, le ataron las manos y lo llevaron en un vehículo hasta el D2. El acta de procedimiento, en cambio, decía que habían tirado tiros “al aire”.
En ese centro clandestino lo interrogaron bajo tortura y le aplicaron picana eléctrica en la herida de bala. Miranda recordó que, en los calabozos, Raquel le pedía al policía que la manoseaba que la dejara salir para ver a Mochi porque estaba en estado lamentable: “Me parece que lo torturaban justo en la herida en lugar de curarla”, declaró ella.
La herida de la pierna estaba en muy malas condiciones, infectada, y no lo había revisado nadie. Ante el juez Miret intentó declarar las torturas que había sufrido, pero el magistrado le dijo que declaraba “todo o nada”. Lo trasladaron a la penitenciaría local y después a la Unidad 9 de La Plata. Obtuvo la libertad recién en abril de 1980.
Raquel Miranda relató el mismo episodio de la policía vestida de civil, el disparo directo a la pierna de Mochi, los malos tratos incluso en la vivienda. La esposaron, la trataron de subversiva, la subieron a un auto en el que un policía le manoseaba los pechos. Antes de arrojarla en el D2, la llevaron a un descampado y pensó que la iban a matar. En los calabozos escuchó las voces de sus compañeros. Contó que fue abusada por efectivos de guardia, permanentemente manoseada por un policía joven, de 20 o 21 años, que le decía que estaba enamorado de ella. Él la llevaba al baño, se encerraba en el interior del calabozo con ella, la acosaba e intentaba violarla, pero ella contó que lo pudo disuadir.
Declaró ante el juez Miret y la trasladaron a la penitenciaría. En septiembre de 1976 fue llevada a Devoto y estuvo en total cinco años detenida, hasta el 14 de agosto de 1981, fecha en que recuperó su libertad bajo fianza y luego definitiva.
Eduardo León Glogowski tenía 19 años, cursaba el primer año de medicina y era delegado estudiantil. Eduardo estaba en pareja con Luz Amanda Faingold de 17 años. Luz cursaba el quinto año del Liceo de Señoritas y era delegada estudiantil. María Susana Liggera tenía 21 años, era oriunda de San Luis, estudiante de medicina y delegada estudiantil. Todos militaban en el OCPO. El 28 de agosto llegaron a la vivienda en un vehículo. Luz esperó en el auto mientras él y Susana se dirigieron a la casa. En el domicilio los arrojaron contra el piso, los golpearon, les colocaron un saco en la cabeza y los introdujeron en un vehículo.
Eduardo León Glogowski fue trasladado al D2 en el piso del auto mientras recibía golpes. Vendado y con las manos atadas quedó alojado en una celda pequeña con una venda que nunca le sacaron. En el D2 no recibió comida por varios días y tuvo que hacer sus necesidades en la celda porque no lo llevaban ni al baño. En una oportunidad le pusieron un arma en la cabeza, lo arrodillaron en el pasillo y le dijeron: “Pedí tu ultimo deseo, judío de mierda. Tendrían que haberlos matado a todos, nosotros vamos a terminar el trabajo que no terminaron ellos”. Eduardo fue interrogado bajo tortura con picana eléctrica. Le preguntaban por la militancia política de su hermano y sobre su novia, Luz.
En su declaración con el juez Miret dijo que lo discriminaban por judío y Miret le respondío “y, con ese apellido”. Glogowski sentía que estar ante un juez era una soga de salvación, pero el tono y la actitud del juez, particularmente por las violaciones a su novia, hicieron que sintiera “que esa soga de salvación la habían cortado con una tijera”. Se desvanecieron las esperanzas de ser defendido por un abogado.
Eduardo fue trasladado a la penitenciaría provincial. Luego, en febrero del 76, quedó a disposición del PEN. Para septiembre de 1976 lo trasladaron a la U9 de La Plata hasta que recuperó su libertad bajo vigilancia el 1 de julio de 1981. En diciembre de ese año recibió la libertad de forma definitiva.
María Susana Liggera fue trasladada al D2. En esa dependencia fue sometida a interrogatorios bajo tortura. Permaneció en calidad de incomunicada hasta el 5 de septiembre del 75 cuando fue trasladada a sede judicial. En la indagatoria con el Juez Miret se abstuvo a declarar. Sin embargo, en diciembre del mismo año fue nuevamente llevada a una indagatoria donde realizó su declaración. Luego, fue trasladada a la Penitenciaría de Mendoza y hasta septiembre de 1976 cuando fue trasladada a Devoto.
Liggera falleció cuando salió de la cárcel. “Ella vivió un calvario”, dijo Faingold.
Luz Amanda Faingold se quedó en el vehículo esperando cuando llegaron al domicilio en Malvinas Argentinas. Al ver que no volvían se dirigió a la vivienda, tocó la puerta, la ingresaron violentamente, la encapucharon, golpearon y la subieron a un vehículo. Al ingresar al D2 le gatillaron un arma y amenazaron con que iba a aparecer en Papagayos.
Luz fue violada por dos efectivos policiales y luego trasladada a la celda. Quienes compartieron cautivero confirmaron las violaciones: Tomini agregó que en una o dos oportunidades imploraba a un policía que no la violara. Raquel Miranda también dijo lo mismo, que escuchaba como si la estuvieran violando y le contó que la habían violado. Por su parte, Glgowski y Juan Carlos Yanzón declararon oír los gritos de Luz pidiendo que no lo hicieran. A Luz la dejaron vendada varias horas en una celda individual y luego la cambiaron a una celda más grande. Manifestó que estaba oscura, tenía olor a orina y había un colchón sucio.
Luz fue llevada a lo que creyó era una enfermería. Ella le dijo que había sido violada y la enfermera le prescribió bañarse y ponerse unos óvulos. En la oscuridad de la ducha con agua fría, había gente que se burlaba, se reían y la molestaban. La joven le contó todo a Miret y Romano y no promovieron ninguna investigación. Era una menor de edad detenida con personas mayores de edad por persecución política. Su madre no podía comunicarse con ella y a su padre le negaban la restitución de su hija.
Fue trasladada a un hogar de menores dependiente de la Dirección Provincial del Menor. Prestó declaración indagatoria en el juzgado y contó lo que vivió en tribunales. Miret la recibió gritándole y tratándola mal. No le dijo al juez lo que le había pasado porque estaba aterrorizada por la actitud del magistrado. La devolvieron al hogar de menores y el 19 de septiembre del 75 la entregaron a sus padres.
Faingold sufrió dos allanamientos, uno en marzo del 76 y otro entre agosto y septiembre del mismo año. Como consecuencia de la persecución se fue a Uruguay, pero el juez Guzzo solicitó su extradición y como no se sentía segura, se fue vía Brasil a Francia y recién volvió a Argentina con el retorno de la democracia.
Ricardo D’Amico tenía 22 años y militaba en la Organización Comnista Poder Obrero. Fue detenido el 29 de agosto de 1975 a las 6 de la tarde en ese domicilio. Al llegar lo vendaron y golpearon mientras le preguntaban datos personales. Lo subieron a la parte trasera de un vehículo y lo trasladaron al D2. Allí quedó en una celda individual vendado y totalmente aislado. Fue sometido a interrogatorios bajo tortura donde le preguntaban por su militancia política. También manifestó que desde su celda escuchaba voces, gritos y sonidos que le hacían pensar que estaban violando a las mujeres. Le impactaban los abusos sexuales. “No quiero, no, no”, decían ellas.
Permaneció en calidad de incomunicado hasta su traslado al juzgado federal con Yanzón, Tomini, Mochi y Miranda. “Íbamos en malas condiciones físicas, unos peores que otros”, dijo. Luego de ser indagado lo trasladaron a la penitenciaría provincial hasta el 27 de septiembre del 76, cuando fue trasladado a la U9 de La Plata. En marzo de 1980 lo trasladaron a la cárcel de Caseros donde permaneció hasta el 18 de noviembre de 1981, cuando obtuvo su libertad bajo vigilancia.
Todavía no se conoce la fecha de la próxima audiencia porque el defensor advirtió que no puede estar el 5 de junio, fecha que comunicó el presidente del tribunal, Alberto Carelli. Más allá de eso, el juez había manifestado la voluntad del tribunal de sumar una audiencia antes, que se comunicará próximamente.



